Pozuelo de Alarcón (BOCM-20241125-92)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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B.O.C.M. Núm. 281

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024

5. Evaluación y gestión de las solicitudes de información de los miembros de la Corporación Municipal en el ámbito material de sus competencias.
6. Incoación, nombramiento, en su caso, de Instructor y Secretario para instrucción
y resolución de los expedientes sancionadores en materias propias de Hacienda salvo que
por ley estén atribuidos a otro órgano.
Con carácter general:
En relación con la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a
terceros por parte del titular de la Dirección General de Economía y Hacienda en las materias de Economía y Hacienda, en virtud del presente acuerdo de delegación de competencias, se indica que:
a) La rectificación de errores regulada en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas corresponderá al órgano que hubiera dictado el acto objeto de rectificación.
b) En los actos y resoluciones que se dicten por delegación se indicará expresamente
esta circunstancia identificando el acuerdo de la Junta de Gobierno Local en que
se funda la misma.
c) Las resoluciones dictadas en virtud de delegación de atribuciones pondrán fin a la
vía administrativa en los mismos casos y términos que correspondería a la actuación del órgano delegante.
d) La competencia para resolver los recursos, si procedieren, corresponderá al órgano administrativo que hubiera dictado el acto objeto de recurso.
Se delega en el titular de la Dirección General de Presidencia y Recursos Humanos en
el ámbito de los asuntos correspondientes a Presidencia, Protocolo, Archivo, Comunicación, Recursos Humanos, Formación, Régimen Interior y Prevención.
1. En el ámbito disciplinario del personal laboral y del personal funcionario, a excepción de las reservas existentes en las disposiciones vigentes para los pertenecientes al Cuerpo de Policía Municipal, a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y a los miembros del Tribunal Económico-administrativo, en su caso, la
resolución sobre: apertura de diligencias informativas, adopción de medidas cautelares, incoación y designación de instructor y secretario, causas de abstención y recusación, levantamiento de la suspensión del procedimiento disciplinario, resolución final y ejecución.
2. Aprobación del reajuste de anualidades y liberación del crédito que, en su caso,
proceda respecto a los gastos autorizados o dispuestos por la Junta de Gobierno Local.
3. Resolver las peticiones en materia de retribuciones y condiciones de trabajo del
personal laboral, funcionario y eventual, que no impliquen modificación de la RPT.
4. Resolver las solicitudes de prestaciones económicas y sanitarias, así como ayudas
sociales, previstas en los pactos de negociación colectiva, incluyendo los premios a la jubilación anticipada; anticipos de nómina; indemnizaciones por razón de servicio; asignación
de complemento al personal laboral y el de productividad al personal funcionario; reconocimiento de la antigüedad y grado personal consolidado; gratificaciones por servicios extraordinarios del personal funcionario y horas extras del personal laboral.
5. Resolver sobre deducción proporcional de haberes percibidos en nómina.
6. Aprobar las listas provisionales y definitivas de admitidos y excluidos de los procesos de selección de funcionarios y de personal laboral, así como de los procesos de provisión de puestos de trabajo, incluyendo en todo caso el trámite de subsanación de solicitudes de participación.
7. Tramitar y resolver los traslados por motivos de salud laboral y violencia de género, así como la autorización de la movilidad y los traslados de personal laboral.
8. Gestionar el Registro de Personal.
9. Tramitar y resolver en materia de licencias, permisos, vacaciones, adaptaciones o
reducciones de jornada, excedencias, situaciones administrativas y pase a segunda actividad y reingreso del personal excedente.
10. Resolver las solicitudes de particulares sobre expedición de certificados, acceso
a archivos y expedientes en materia de recursos humanos, así como solicitudes de aspirantes relacionadas con su participación en procesos selectivos, sin perjuicio de las correspondientes al órgano calificador.
11. Autorización y disposición de gastos con cargo a aplicaciones presupuestarias de
otros capítulos del Presupuesto de Gastos diferentes al Capítulo 1, cuya gestión corresponda en asuntos correspondientes a Recursos Humanos, Formación, Régimen Interior y Prevención inferiores a 15.000 euros más IVA.

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