Pozuelo de Alarcón (BOCM-20241125-91)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 269
2.2. Concejalías delegadas dependientes del Área de Gobierno y competencias
de las Concejalías
2.2.1.
Concejalía delegada de Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos
Titular: D.a Macarena Lora Gómez.
Competencias. Se atribuyen a esta Concejalía Delegada, con carácter general, los
asuntos relativos a Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos.
1. Proponer las directrices generales en el ámbito correspondiente a Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos.
2. Dirigir y coordinar con las Áreas y Concejalías delegadas las actuaciones municipales relativas a las Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos.
3. Autorizar y celebrar matrimonios.
Concejalía delegada de Comercio, Consumo, Empleo, Desarrollo Empresarial
y Atención al Ciudadano
Titular: D.a Susana Penedo Jiménez.
Competencias. Se atribuyen a esta Concejalía Delegada, con carácter general, los
asuntos relativos a Comercio, Consumo, Empleo, Desarrollo Empresarial y Atención al
Ciudadano y, en especial, las siguientes competencias:
I. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de Comercio, Consumo, Empleo y Desarrollo Empresarial, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
Comercio, Consumo, Empleo y Desarrollo Empresarial, y dirección de su personal sin perjuicio de la superior autoridad que corresponde a la Titular del Área.
2. Incoación, tramitación y resolución en su caso de cuantos expedientes sean propios de Comercio, Consumo, Empleo y Desarrollo Empresarial.
3. Promover y ordenar la actividad comercial en el término municipal, con especial
atención al pequeño comercio, en el marco de las competencias municipales en la materia.
4. Coordinar la actuación de la Oficina Municipal de Protección e Información al
Consumidor (OMIC).
5. Planificación y dirección de las actuaciones precisas para desarrollar la política
del municipio en materia de Consumo.
6. Recibir las sugerencias y reclamaciones de los vecinos en el ámbito de los asuntos objeto de este epígrafe, dando traslado de las mismas al órgano competente en Atención
al Ciudadano.
7. Promover iniciativas para facilitar y fomentar el empleo.
8. Las actuaciones de apoyo a las pequeñas y medianas empresas, facilitando a las
mismas el acceso al conocimiento de las subvenciones y ayudas que las Administraciones
públicas tengan establecidas.
9. Proponer cuantas actuaciones contribuyan a incentivar la actividad económica y
el crecimiento y fortalecimiento del tejido empresarial dentro del municipio.
10. Relación con las asociaciones y organizaciones sociales del ámbito de actuación
de la Concejalía.
II. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de
Atención al Ciudadano, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
Atención al Ciudadano y dirección de su personal sin perjuicio de la superior autoridad que
corresponde a la Titular del Área.
2. Incoación, tramitación y resolución en su caso de cuantos expedientes sean propios de Atención al Ciudadano.
3. Jefatura de las Oficinas de Atención al Ciudadano (OACs) y de la gestión de la
Oficina de información municipal.
4. Coordinar y supervisar la gestión de las Oficinas de Atención al Ciudadano.
5. Coordinación, de forma transversal con todas las Áreas y Concejalías, de las quejas, reclamaciones y sugerencias presentadas por los ciudadanos en relación con los servicios municipales que se prestan por las mismas.
6. Desarrollar, dirigir y ejecutar el modelo de atención al ciudadano definido por el
gobierno municipal centralizando las acciones necesarias con todas las Concejalías.
BOCM-20241125-91
2.2.2.
B.O.C.M. Núm. 281
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 269
2.2. Concejalías delegadas dependientes del Área de Gobierno y competencias
de las Concejalías
2.2.1.
Concejalía delegada de Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos
Titular: D.a Macarena Lora Gómez.
Competencias. Se atribuyen a esta Concejalía Delegada, con carácter general, los
asuntos relativos a Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos.
1. Proponer las directrices generales en el ámbito correspondiente a Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos.
2. Dirigir y coordinar con las Áreas y Concejalías delegadas las actuaciones municipales relativas a las Relaciones Institucionales y Proyectos Estratégicos.
3. Autorizar y celebrar matrimonios.
Concejalía delegada de Comercio, Consumo, Empleo, Desarrollo Empresarial
y Atención al Ciudadano
Titular: D.a Susana Penedo Jiménez.
Competencias. Se atribuyen a esta Concejalía Delegada, con carácter general, los
asuntos relativos a Comercio, Consumo, Empleo, Desarrollo Empresarial y Atención al
Ciudadano y, en especial, las siguientes competencias:
I. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de Comercio, Consumo, Empleo y Desarrollo Empresarial, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
Comercio, Consumo, Empleo y Desarrollo Empresarial, y dirección de su personal sin perjuicio de la superior autoridad que corresponde a la Titular del Área.
2. Incoación, tramitación y resolución en su caso de cuantos expedientes sean propios de Comercio, Consumo, Empleo y Desarrollo Empresarial.
3. Promover y ordenar la actividad comercial en el término municipal, con especial
atención al pequeño comercio, en el marco de las competencias municipales en la materia.
4. Coordinar la actuación de la Oficina Municipal de Protección e Información al
Consumidor (OMIC).
5. Planificación y dirección de las actuaciones precisas para desarrollar la política
del municipio en materia de Consumo.
6. Recibir las sugerencias y reclamaciones de los vecinos en el ámbito de los asuntos objeto de este epígrafe, dando traslado de las mismas al órgano competente en Atención
al Ciudadano.
7. Promover iniciativas para facilitar y fomentar el empleo.
8. Las actuaciones de apoyo a las pequeñas y medianas empresas, facilitando a las
mismas el acceso al conocimiento de las subvenciones y ayudas que las Administraciones
públicas tengan establecidas.
9. Proponer cuantas actuaciones contribuyan a incentivar la actividad económica y
el crecimiento y fortalecimiento del tejido empresarial dentro del municipio.
10. Relación con las asociaciones y organizaciones sociales del ámbito de actuación
de la Concejalía.
II. En el ámbito de los asuntos correspondientes a los servicios y actividades de
Atención al Ciudadano, le corresponden las siguientes:
1. Coordinación y gestión de los órganos y unidades administrativas que integran
Atención al Ciudadano y dirección de su personal sin perjuicio de la superior autoridad que
corresponde a la Titular del Área.
2. Incoación, tramitación y resolución en su caso de cuantos expedientes sean propios de Atención al Ciudadano.
3. Jefatura de las Oficinas de Atención al Ciudadano (OACs) y de la gestión de la
Oficina de información municipal.
4. Coordinar y supervisar la gestión de las Oficinas de Atención al Ciudadano.
5. Coordinación, de forma transversal con todas las Áreas y Concejalías, de las quejas, reclamaciones y sugerencias presentadas por los ciudadanos en relación con los servicios municipales que se prestan por las mismas.
6. Desarrollar, dirigir y ejecutar el modelo de atención al ciudadano definido por el
gobierno municipal centralizando las acciones necesarias con todas las Concejalías.
BOCM-20241125-91
2.2.2.