C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241120-16)
Instrucciones gestión nóminas –  Orden de 11 de noviembre de 2024, por la que se corrige la Orden de 30 de julio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2024
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 277

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
16

ORDEN de 11 de noviembre de 2024, por la que se corrige la Orden de 30 de julio de 2024, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se
dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del Personal de la Comunidad de Madrid para 2024.

Advertidos errores en la Orden de 30 de julio de 2024, de la Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se dictan Instrucciones para la Gestión de las Nóminas del
Personal de la Comunidad de Madrid para 2024, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 186, de 6 de agosto de 2024, que hacen necesaria su corrección,
y de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, esta Consejería de Economía,
Hacienda y Empleo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 53.5 de la Ley 1/1983, de 13
de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONE
Primero

La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
ROCÍO ALBERT LÓPEZ-IBOR

(03/18.614/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20241120-16

Proceder a la corrección de la citada Orden, en los siguientes términos:
a) En el Anexo V, apartado 2.1 Personal Estatutario Sanitario, letra a) Personal de
formación universitaria, para las categorías de:
— Jefe de sección.
— Jefe de sección modificación condiciones de trabajo.
— Jefe de unidad de urgencias, admisión, trasplantes y calidad y
— Jefe de unidad modificación condiciones de trabajo.
En la columna de productividad por vinculación, donde dice:
— “668,10”.
Debe decir:
— “567,83”.
b) En el Anexo V, apartado 2.1 Personal Estatutario Sanitario, letra a) Personal de
formación universitaria, para las categorías de:
— Facultativo Especialista / Odontólogo / Veterinario/a / Médico/a de Cuidados
Paliativos / Médico de Admisión / Médico de Urgencias Hospitalarias y
Facultativo Especialista modificación condiciones de trabajo.
En la columna de productividad por vinculación, donde dice:
— “668,10”
Debe decir:
— “467,54”
Dado en Madrid, a 11 de noviembre de 2024.