D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241120-51)
Convenio –  Convenio de colaboración de 30 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y el Ayuntamiento de Tres Cantos para la expedición del “Carné Joven Comunidad de Madrid”
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 277

Madrid, a 30 de octubre de 2024.—En representación del Ayuntamiento de Tres Cantos,
el Alcalde, Jesús Moreno García.—En representación de la Comunidad de Madrid, la Directora General de Juventud, P. D. F. (Orden 1558/2021, de 28 de septiembre), Laura
Castilla Rodríguez.
ANEXO I
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO
En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Primera
Responsable y encargado del tratamiento
La Dirección General de Juventud de la Comunidad de Madrid tendrá la consideración
de Responsable del tratamiento y el Ayuntamiento de Tres Cantos, tendrá la consideración
de Encargado del tratamiento, conforme a lo establecido en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, RGPD), así como en el artículo 33
de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el resto de normativa vigente en la materia.
En consecuencia, el acceso a datos de carácter personal en el marco de este convenio,
se realiza con el único fin de dar cumplimiento al objeto del mismo y no se considerará
como una cesión o comunicación de datos.
Segunda
Definiciones
Los términos específicos en materia de protección de datos serán interpretados conforme a las definiciones establecidas en el artículo 4 del RGPD.
Tercera
Objeto del encargo de tratamiento
Mediante las presentes cláusulas se habilita a la entidad Ayuntamiento de Tres Cantos,
encargada del tratamiento, para tratar por cuenta de la Dirección General de Juventud de la
Comunidad de Madrid, responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para desarrollar en colaboración con la Comunidad de Madrid la emisión, en su modalidad convencional, del Carné Joven Comunidad de Madrid por parte del Ayuntamiento de
Tres Cantos, así como el desarrollo de actuaciones conjuntas de las Entidades firmantes en
la promoción del programa Carné Joven Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos personales comprenderá: la recogida, registro, modificación, conservación, consulta, cotejo y cualquier otro que requiera el objeto del convenio que
se suscribe.
Cuarta
Para la ejecución de las actuaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este encargo, el Responsable del tratamiento pone a disposición del Encargado, la información que
se describe a continuación, correspondiente a la actividad de tratamiento “Carné Joven”.
— Interesados: Datos de carácter identificativo y características personales de usuarios del Carné Joven Comunidad de Madrid.
— Datos personales del tratamiento a los que se puede acceder: Nombre, Apellidos,
DNI/CIF, Sexo, Dirección postal, Dirección electrónica, Teléfono, Firma, Firma
digital, Fecha de nacimiento.

BOCM-20241120-51

Identificación de la información afectada