D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241120-55)
Convenio – Adenda de 6 de noviembre de 2024, de la cuarta prórroga del convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad (ahora Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales), la Agencia Madrileña de Atención Social y los obispos de las Diócesis que comprenden el territorio de la Provincia Eclesiástica de la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia religiosa católica en residencias de mayores adscritas a la Agencia Madrileña de Atención Social
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 194
MIÉRCOLES 20 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 277
Cuarto
La tercera prórroga fue aceptada por el representante de la Provincia Eclesiástica de
Madrid mediante escrito de fecha 10 de octubre de 2023, para el plazo comprendido entre
el 30 de diciembre de 2023 y el 29 de diciembre de 2024, firmándose la adenda el 20 de noviembre de 2023.
Quinto
La necesidad de prestar el servicio de asistencia religiosa católica se mantiene en la actualidad y se sigue fundamentando en la demanda real del servicio religioso en los distintos centros. El colectivo de usuarios de las residencias, con una edad media de 84 años, demanda la asistencia religiosa católica, la celebración de actos de culto y la administración
de los sacramentos.
Asimismo, los servicios contemplados en el vigente convenio se están prestando de
conformidad con las prescripciones contenidas en el mismo y, a plena satisfacción de la
Agencia Madrileña de Atención Social.
Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, ambas partes acuerdan la formalización de la
cuarta prórroga del convenio de colaboración mencionado, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la prórroga
Las partes firmantes del convenio de colaboración entre la Agencia Madrileña de
Atención Social y los obispos de las Diócesis que comprenden el territorio de Provincia
Eclesiástica de la Comunidad de Madrid, cuyo objeto es la asistencia religiosa católica en
residencias de mayores, acuerdan prorrogar la vigencia de dicho convenio durante un plazo
de un año, extendiéndose desde el día 30 de diciembre de 2024 y el 29 de diciembre de 2025.
Segunda
Obligaciones de las partes
Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración, sin que ello suponga la
obligación de asumir compromisos adicionales o costes no considerados en el convenio,
sino tan solo una ampliación del plazo fijado de vigencia del mismo.
Las obligaciones asumidas se entenderán vigentes hasta la extinción de la adenda de
prórroga por el transcurso de los plazos.
Tercera
Aportación económica
ANUALIDAD
PROGRAMA
SUBCONCEPTO
IMPORTE
2025
239N
22803
210.281,88 €
2026
239N
22803
TOTAL
19.718,12 €
230.000,00 €
BOCM-20241120-55
Se mantiene el contenido de la cláusula séptima del convenio sobre la aportación económica, con cargo al presupuesto de la Agencia Madrileña de Atención Social por un importe de 230.000 euros anuales. De la citada cantidad, 226.691,28 euros se corresponden
con los gastos de personal, Seguridad Social incluida, y se abonará en 12 mensualidades
previa presentación de una factura mensual de 18.890,94 euros. El resto del importe hasta
los 230.000 euros anuales, la cantidad de 3.308,72 euros, se destinará a cubrir los gastos de
equipamiento y material del servicio religioso y, se facturará con carácter trimestral previa
justificación de los gastos realizados.
Se detalla a continuación la distribución presupuestaria por anualidades, programas y
cuantías:
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 194
MIÉRCOLES 20 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 277
Cuarto
La tercera prórroga fue aceptada por el representante de la Provincia Eclesiástica de
Madrid mediante escrito de fecha 10 de octubre de 2023, para el plazo comprendido entre
el 30 de diciembre de 2023 y el 29 de diciembre de 2024, firmándose la adenda el 20 de noviembre de 2023.
Quinto
La necesidad de prestar el servicio de asistencia religiosa católica se mantiene en la actualidad y se sigue fundamentando en la demanda real del servicio religioso en los distintos centros. El colectivo de usuarios de las residencias, con una edad media de 84 años, demanda la asistencia religiosa católica, la celebración de actos de culto y la administración
de los sacramentos.
Asimismo, los servicios contemplados en el vigente convenio se están prestando de
conformidad con las prescripciones contenidas en el mismo y, a plena satisfacción de la
Agencia Madrileña de Atención Social.
Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, ambas partes acuerdan la formalización de la
cuarta prórroga del convenio de colaboración mencionado, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto de la prórroga
Las partes firmantes del convenio de colaboración entre la Agencia Madrileña de
Atención Social y los obispos de las Diócesis que comprenden el territorio de Provincia
Eclesiástica de la Comunidad de Madrid, cuyo objeto es la asistencia religiosa católica en
residencias de mayores, acuerdan prorrogar la vigencia de dicho convenio durante un plazo
de un año, extendiéndose desde el día 30 de diciembre de 2024 y el 29 de diciembre de 2025.
Segunda
Obligaciones de las partes
Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones
precisas, dirigidas a dar continuidad al objeto de la colaboración, sin que ello suponga la
obligación de asumir compromisos adicionales o costes no considerados en el convenio,
sino tan solo una ampliación del plazo fijado de vigencia del mismo.
Las obligaciones asumidas se entenderán vigentes hasta la extinción de la adenda de
prórroga por el transcurso de los plazos.
Tercera
Aportación económica
ANUALIDAD
PROGRAMA
SUBCONCEPTO
IMPORTE
2025
239N
22803
210.281,88 €
2026
239N
22803
TOTAL
19.718,12 €
230.000,00 €
BOCM-20241120-55
Se mantiene el contenido de la cláusula séptima del convenio sobre la aportación económica, con cargo al presupuesto de la Agencia Madrileña de Atención Social por un importe de 230.000 euros anuales. De la citada cantidad, 226.691,28 euros se corresponden
con los gastos de personal, Seguridad Social incluida, y se abonará en 12 mensualidades
previa presentación de una factura mensual de 18.890,94 euros. El resto del importe hasta
los 230.000 euros anuales, la cantidad de 3.308,72 euros, se destinará a cubrir los gastos de
equipamiento y material del servicio religioso y, se facturará con carácter trimestral previa
justificación de los gastos realizados.
Se detalla a continuación la distribución presupuestaria por anualidades, programas y
cuantías: