D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20241119-29)
Convocatoria contrato –  Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Viceconsejera de Sanidad y Directora General del Servicio Madrileño de Salud, por la que se hace pública la licitación del contrato de “Servicio de grabación, digitalización, exportación y tratamiento de las recetas oficiales y los justificantes de dispensación de receta electrónica y sus datos facturados por el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid al Servicio Madrileño de Salud”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 276

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024

Pág. 161

Valor estimado del contrato: 2.343.093,22 euros sin IVA.
4. Admisión de Variantes: No.
5. Duración del contrato: 12 meses.

Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del contrato.
— Procede: No.
1. Condiciones de participación:
a) Requisitos de los operadores económicos:
— Solvencia económica y financiera: Artículo 87 de la Ley 9/2017.
— Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al
que se refiera el contrato, grabación y digitalización de documentos dentro del
ámbito sanitario, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del
empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.
El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados
como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de
las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará
las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de
la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336.
Criterios de selección:
d Se exigirá al menos un volumen de negocios de 1,5 el valor estimado del
contrato, dentro del ámbito de la grabación digitalización y tratamiento de
datos de documentos en el ámbito sanitario, lo que supone un importe de al
menos 3.514.639,83 euros sin IVA.
Acreditación de la solvencia técnica: Artículo 90 de la LCSP, apartado 1.a).
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar
naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como
máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un
nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se
tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres
años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de
contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una
entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante
un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad
competente.
Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que
constituye el objeto del contrato, el pliego de cláusulas administrativas particulares podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la
Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La Junta Consultiva de Contratación Pública del
Estado podrá efectuar recomendaciones para indicar qué códigos de las respectivas clasificaciones se ajustan con mayor precisión a las prestaciones más habituales en la contratación pública.

BOCM-20241119-29

III. Condiciones de participación y procedimiento