C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241119-25)
Concesión ayudas –  Resolución 5678/2024, de 15 de noviembre, del Director General de Servicios Sociales e Integración, por la que se concede ayudas del bono social térmico 2021 a 49 beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre de 2020 en la Comunidad de Madrid y por la que se inicia el plazo de renuncia de los beneficiarios incluidos en esta resolución al derecho de las ayudas del bono social térmico 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 276

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 19 DE NOVIEMBRE DE 2024

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ficiarios de los 125.743 informados por los comercializadores de referencia, y por los importes fijados en la disposición transitoria única de la Orden 1478/2022 de la Consejera de
Familia, Juventud y Política Social que figuran relacionados en el anexo a esta resolución.
Segundo

BOCM-20241119-25

Declarar el inicio del plazo de renuncia, otorgando 10 días hábiles a los interesados
para la presentación de la solicitud de la renuncia al derecho de la ayuda del bono social térmico 2021, desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid ( https://tramita.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/bono-social-termico-1 ).
El modelo de renuncia se encuentra en el anexo I de la Orden 1478/2022, de 27 de junio.
Contra la Resolución de concesión, que agota la vía administrativa, se podrá interponer,
potestativamente, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el
acto, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de notificación de la
resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los
Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados
desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo previsto
en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Madrid, a 15 de noviembre de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos
Sociales, P. D. (Orden 3147/2023, de 5 de diciembre), el Director General de Servicios Sociales e Integración, Fernando Ignacio Ayres Janeiro.
(03/18.870/24)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791