Carabaña (BOCM-20241118-53)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 275
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 145
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
CARABAÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241118-53
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida de residuos sólidos del
Ayuntamiento de Carabaña, el Pleno de esta entidad, en sesión celebrada el día 14 de noviembre de 2024, acordó la aprobación provisional de la modificación de la dicha ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se convoca, por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción
de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Si transcurrido
dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Carabaña, a 15 de noviembre de 2024.—El alcalde, Mario Terrón Fuentes.
(03/18.791/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 275
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 145
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
53
CARABAÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241118-53
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la recogida de residuos sólidos del
Ayuntamiento de Carabaña, el Pleno de esta entidad, en sesión celebrada el día 14 de noviembre de 2024, acordó la aprobación provisional de la modificación de la dicha ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, se convoca, por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción
de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias
municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Si transcurrido
dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Carabaña, a 15 de noviembre de 2024.—El alcalde, Mario Terrón Fuentes.
(03/18.791/24)
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ISSN 1989-4791