D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241116-9)
Convenio –  Convenio de 31 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid y Euromundo, S. A., para la promoción en el mercado mejicano del destino Comunidad de Madrid (“Redescubre el Gran Madrid”)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 16 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 274

con ocasión del desarrollo del presente convenio, previa validación por la Comunidad de
Madrid.
3.5. Ceder el uso, en su caso, de imágenes y/o material audiovisual de la Comunidad
de Madrid para su utilización en el proyecto y sus elementos gráficos y promocionales.
3.6. Asesorar y validar la elaboración de los contenidos para la realización de las acciones tanto on line como off line.
Cuarta
Aportación económica
La Comunidad de Madrid por el impacto que supone para la región la realización de
las acciones previstas abonará a Euromundo, S. A., un importe máximo de cien mil euros
(100.000 euros) en función de los gastos realmente justificados con cargo al programa 432 A
subconcepto 28001 del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid del año 2024
(Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid).
El abono se realizará en un pago previa presentación antes del 13 de diciembre de una
memoria detallada de las acciones realizadas hasta la fecha de presentación y facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil y realizadas las actas de comprobación material procedentes de acuerdo con lo estipulado en el artículo 25 del Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla el régimen de
control interno y contable ejercido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid.
La aportación de la Comunidad de Madrid se destinará a sufragar los gastos correspondientes recogidos en la Cláusula Segunda de este Convenio,
Quinta
De las responsabilidades
Euromundo, S. A., se compromete a mantener vigentes los seguros de responsabilidad
civil, con cobertura para los trabajos que va a desempeñar en virtud del presente Convenio,
así como al cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
Ninguna de las partes será responsable de los daños que pudieran causarse por caso
fortuito o fuerza mayor, ya sea en las personas o en los bienes que pertenezcan a alguna de
las partes, a subcontratistas o a terceros.
Sexta
Comisión de Seguimiento
Se creará una Comisión paritaria de vigilancia, control y seguimiento que resolverá los
problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir.
Esta Comisión tendrá, entre otras competencias, la del seguimiento y evaluación de las
actividades, la propuesta de temas específicos que se consideren de especial interés para su
estudio, así como cualquier otra que se considere conveniente.
El funcionamiento de dicha Comisión de Seguimiento se regulará por lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La citada Comisión estará integrada por dos representantes de Euromundo, S. A., y dos
representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Ejercerá las funciones de Presidente de esta Comisión, el titular de la Dirección General de Turismo y Hostelería de la Comunidad de Madrid, o persona en quien delegue, y de
Secretario, con voz, pero sin voto, un representante de Euromundo, S. A.
Séptima
En cualquier momento anterior a la finalización de su vigencia, el presente Convenio podrá ser modificado, mediante acuerdo expreso de los firmantes que deberá efectuarse en un nuevo documento suscrito por ambas partes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

BOCM-20241116-9

Modificación del convenio