Alcorcón (BOCM-20241115-52)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 412
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 273
— Organización de actos y actividades, viajes, balnearios, etc., con destino específico
a personas mayores.
C) Concejalía-Delegada de Servicios Sociales y Discapacidad
1. Servicios Sociales Generales.
2. Servicio de Teleasistencia.
3. Atención temprana y Residencias de menores. Fondos Estructurales de Emergencia.
4. Becas de ayuda de comedor y escuelas infantiles.
5. Desarrollo e implementación de la Ley de Dependencias a los Servicios Sociales
Municipales. Voluntariado de Servicios Sociales.
6. Becas de libros y material escolar en enseñanza obligatoria.
7. Desarrollo de políticas de integración y apoyo a la discapacidad y en concreto:
Programas para discapacitados, centros de personas con discapacidad, Atención a los discapacitados y Relación con el defensor de los discapacitados.
8. Centro Castilla del Pino y Centro Padre Zurita.
1. Programación, promoción, gestión y seguimiento del Centro Joven Yolanda González. Centro de Información y Documentación Juvenil (C. I. D. J. A. L.). Centros Juveniles.
2. Campamentos, albergues, excursiones, actividades de ocio y tiempo libre y actividades formativas de la juventud.
3. Programas de promoción de participación de la juventud.
4. Bolsa de vivienda joven.
5. Cuantos asuntos incidan en el ámbito juvenil de manera general.
6. El desarrollo y fomento en Alcorcón del deporte. El fomento y apoyo al deporte
de alta competición. Competiciones deportivas. Escuelas Deportivas. Clubes deportivos.
7. Mantenimiento de instalaciones deportivas. Organización y funcionamiento de
los Polideportivos Municipales.
8. La supervisión y control de las concesiones de servicios públicos deportivos y de
hidroterapia y de los Centros, Espacios o Instalaciones deportivas afectos al uso deportivo,
cedidos en uso a un tercero, por autorización o concesión de dominio público.
9. Informática y las nuevas tecnologías en las diversas instalaciones y edificios municipales.
10. Informatización del Ayuntamiento. Voz y Datos.
11. Implementación de la Administración Electrónica,
12. Impulso de la innovación tecnológica.
Cuarto.—La distribución de competencias ejecutivas por materias que se atribuyen a
las Áreas de Gobierno y a las Concejalías-Delegadas establecida en este Decreto surtirán
efecto desde la fecha de la firma, notificándose personalmente a los interesados y salvo manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada, sin perjuicio de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto.—El ejercicio de las competencias recogidas en este Decreto se desarrollará,
en todo caso, de conformidad con los principios de descentralización, proximidad, eficacia
y eficiencia y con estricta sujeción a la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, tal y como establece la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de
Régimen Local.
Las competencias de coordinación y gestión de los órganos y las unidades administrativas y dirección de su personal atribuidas a los Titulares de las Áreas de Gobierno, se ejercerán directamente por la alcaldesa-presidenta en casos de extraordinaria y urgente necesidad
derivados de situaciones de emergencia que puedan producirse por motivos de salud pública,
climatológicos, catástrofes naturales u otros semejantes, respecto a los órganos administrativos implicados en dichas situaciones, hasta que cese la causa que, en su caso, los origine. En
estos casos, la alcaldesa-presidenta podrá constituir un comité de trabajo para seguimiento de
la situación de emergencia que, bajo su dirección, coordine todas las medidas que sea preciso adoptar al efecto.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
En Alcorcón, a 5 de noviembre de 2024.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta
de Gobierno Local, Emilio Antonio Larrosa Hergueta.
(03/18.032/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241115-52
D) Concejalía-Delegada de Juventud, Diversidad, Innovación Tecnológica y Deportes
Pág. 412
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VIERNES 15 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 273
— Organización de actos y actividades, viajes, balnearios, etc., con destino específico
a personas mayores.
C) Concejalía-Delegada de Servicios Sociales y Discapacidad
1. Servicios Sociales Generales.
2. Servicio de Teleasistencia.
3. Atención temprana y Residencias de menores. Fondos Estructurales de Emergencia.
4. Becas de ayuda de comedor y escuelas infantiles.
5. Desarrollo e implementación de la Ley de Dependencias a los Servicios Sociales
Municipales. Voluntariado de Servicios Sociales.
6. Becas de libros y material escolar en enseñanza obligatoria.
7. Desarrollo de políticas de integración y apoyo a la discapacidad y en concreto:
Programas para discapacitados, centros de personas con discapacidad, Atención a los discapacitados y Relación con el defensor de los discapacitados.
8. Centro Castilla del Pino y Centro Padre Zurita.
1. Programación, promoción, gestión y seguimiento del Centro Joven Yolanda González. Centro de Información y Documentación Juvenil (C. I. D. J. A. L.). Centros Juveniles.
2. Campamentos, albergues, excursiones, actividades de ocio y tiempo libre y actividades formativas de la juventud.
3. Programas de promoción de participación de la juventud.
4. Bolsa de vivienda joven.
5. Cuantos asuntos incidan en el ámbito juvenil de manera general.
6. El desarrollo y fomento en Alcorcón del deporte. El fomento y apoyo al deporte
de alta competición. Competiciones deportivas. Escuelas Deportivas. Clubes deportivos.
7. Mantenimiento de instalaciones deportivas. Organización y funcionamiento de
los Polideportivos Municipales.
8. La supervisión y control de las concesiones de servicios públicos deportivos y de
hidroterapia y de los Centros, Espacios o Instalaciones deportivas afectos al uso deportivo,
cedidos en uso a un tercero, por autorización o concesión de dominio público.
9. Informática y las nuevas tecnologías en las diversas instalaciones y edificios municipales.
10. Informatización del Ayuntamiento. Voz y Datos.
11. Implementación de la Administración Electrónica,
12. Impulso de la innovación tecnológica.
Cuarto.—La distribución de competencias ejecutivas por materias que se atribuyen a
las Áreas de Gobierno y a las Concejalías-Delegadas establecida en este Decreto surtirán
efecto desde la fecha de la firma, notificándose personalmente a los interesados y salvo manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada, sin perjuicio de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Quinto.—El ejercicio de las competencias recogidas en este Decreto se desarrollará,
en todo caso, de conformidad con los principios de descentralización, proximidad, eficacia
y eficiencia y con estricta sujeción a la normativa de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, tal y como establece la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de
Régimen Local.
Las competencias de coordinación y gestión de los órganos y las unidades administrativas y dirección de su personal atribuidas a los Titulares de las Áreas de Gobierno, se ejercerán directamente por la alcaldesa-presidenta en casos de extraordinaria y urgente necesidad
derivados de situaciones de emergencia que puedan producirse por motivos de salud pública,
climatológicos, catástrofes naturales u otros semejantes, respecto a los órganos administrativos implicados en dichas situaciones, hasta que cese la causa que, en su caso, los origine. En
estos casos, la alcaldesa-presidenta podrá constituir un comité de trabajo para seguimiento de
la situación de emergencia que, bajo su dirección, coordine todas las medidas que sea preciso adoptar al efecto.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
En Alcorcón, a 5 de noviembre de 2024.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta
de Gobierno Local, Emilio Antonio Larrosa Hergueta.
(03/18.032/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20241115-52
D) Concejalía-Delegada de Juventud, Diversidad, Innovación Tecnológica y Deportes