B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GETAFE (BOCM-20241115-17)
Convocatoria puesto – Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario de Getafe del Servicio Madrileño de Salud, por la que se convoca un puesto de Jefe/a de Servicio de Dermatología Médico-Quirúrgica y Venereología en este centro asistencial para su cobertura mediante nombramiento provisional
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 273
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE NOVIEMBRE DE 2024
profundizando los aspectos teóricos y prácticos del área correspondiente a su especialidad: 10 puntos.
2.2. Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación como residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia para posgraduados en la especialidad de que se trate (de conformidad con la
Directiva 75/363/CE de Luxemburgo de 16 de junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: 10
puntos.
2.3. Facultativos que hayan obtenido el título de la especialidad a través de cualquier
otra vía distinta a lo establecido en los apartados 2.1 y 2.2: 4 puntos.
(Estos apartados son excluyentes entre sí).
3. Experiencia profesional (máx.: 53puntos):
3.1. Actividad asistencial (máx.: 43 puntos):
3.1.1. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de Servicio
en la especialidad que se convoca: 15 puntos.
3.1.2. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del
Sistema Nacional de Salud como Jefe de Servicio en la especialidad que
se convoca: 12,5 puntos.
3.1.3. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en
Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de
Sección en la especialidad que se convoca: 10 puntos.
3.1.4. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del
Sistema Nacional de Salud como Jefe de Sección en la especialidad que
se convoca: 8,5 puntos.
3.1.5. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en
Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud en la categoría de
Médico Adjunto/FEA en la especialidad que se convoca: 7,5 puntos.
3.1.6. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del
Sistema Nacional de Salud en la categoría de Médico Adjunto/FEA en
la especialidad que se convoca: 5 puntos.
De los distintos subepígrafes “3.1.1 a 3.1.6” solo se valorará el de máxima puntuación entre ellos:
3.1.7. Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad
a la que se concursa en Instituciones Sanitarias públicas del Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública.
a) Con nombramiento por concurso o por Libre Designación de Jefe
de Servicio o Jefe de Sección de la especialidad a la que se concursa 0,3 puntos.
b) Como Adjunto o FEA de la especialidad a la que se concursa 0,2
puntos.
3.1.8. Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en especialidad distinta a la que se concursa, habiendo modificado su denominación a la actual, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 22 de enero de 1985
(“Boletín Oficial del Estado” de 20 de febrero de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo): 0,05 puntos.
3.1.9. Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en la especialidad
a la que se concursa en Instituciones Sanitarias públicas del Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública: 0,05 puntos.
3.1.10. Por cada mes de servicios prestados en la misma especialidad a la que se
concursa en otras instituciones públicas o privadas, con programa acreditado de docencia por la Comisión Nacional o en centros extranjeros
con programa acreditado para la docencia de posgraduados por el departamento ministerial competente: 0,05 puntos.
3.1.11. Por cada mes de servicios prestados en otras especialidades médicas con
independencia de su modalidad de prestación de servicios de las incluidas dentro del Estatuto Jurídico de Personal Facultativo: 0,025 puntos.
Pág. 237
BOCM-20241115-17
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE NOVIEMBRE DE 2024
profundizando los aspectos teóricos y prácticos del área correspondiente a su especialidad: 10 puntos.
2.2. Facultativos especialistas que hayan cumplido el período completo de formación como residentes en centros extranjeros con programa reconocido de docencia para posgraduados en la especialidad de que se trate (de conformidad con la
Directiva 75/363/CE de Luxemburgo de 16 de junio de 1975) y con título de especialista convalidado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte: 10
puntos.
2.3. Facultativos que hayan obtenido el título de la especialidad a través de cualquier
otra vía distinta a lo establecido en los apartados 2.1 y 2.2: 4 puntos.
(Estos apartados son excluyentes entre sí).
3. Experiencia profesional (máx.: 53puntos):
3.1. Actividad asistencial (máx.: 43 puntos):
3.1.1. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de Servicio
en la especialidad que se convoca: 15 puntos.
3.1.2. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del
Sistema Nacional de Salud como Jefe de Servicio en la especialidad que
se convoca: 12,5 puntos.
3.1.3. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en
Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud como Jefe de
Sección en la especialidad que se convoca: 10 puntos.
3.1.4. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del
Sistema Nacional de Salud como Jefe de Sección en la especialidad que
se convoca: 8,5 puntos.
3.1.5. Por obtención de plaza por concurso o concurso/oposición nacional en
Instituciones Sanitarias del Sistema Nacional de Salud en la categoría de
Médico Adjunto/FEA en la especialidad que se convoca: 7,5 puntos.
3.1.6. Por nombramiento sin concurso nacional en Instituciones Sanitarias del
Sistema Nacional de Salud en la categoría de Médico Adjunto/FEA en
la especialidad que se convoca: 5 puntos.
De los distintos subepígrafes “3.1.1 a 3.1.6” solo se valorará el de máxima puntuación entre ellos:
3.1.7. Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en la especialidad
a la que se concursa en Instituciones Sanitarias públicas del Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública.
a) Con nombramiento por concurso o por Libre Designación de Jefe
de Servicio o Jefe de Sección de la especialidad a la que se concursa 0,3 puntos.
b) Como Adjunto o FEA de la especialidad a la que se concursa 0,2
puntos.
3.1.8. Por cada mes trabajado en los servicios jerarquizados en especialidad distinta a la que se concursa, habiendo modificado su denominación a la actual, al amparo de lo dispuesto en la Resolución de 22 de enero de 1985
(“Boletín Oficial del Estado” de 20 de febrero de la Subsecretaría de Sanidad y Consumo): 0,05 puntos.
3.1.9. Por cada mes trabajado en servicios no jerarquizados en la especialidad
a la que se concursa en Instituciones Sanitarias públicas del Sistema Nacional de la Salud o en hospitales de titularidad pública: 0,05 puntos.
3.1.10. Por cada mes de servicios prestados en la misma especialidad a la que se
concursa en otras instituciones públicas o privadas, con programa acreditado de docencia por la Comisión Nacional o en centros extranjeros
con programa acreditado para la docencia de posgraduados por el departamento ministerial competente: 0,05 puntos.
3.1.11. Por cada mes de servicios prestados en otras especialidades médicas con
independencia de su modalidad de prestación de servicios de las incluidas dentro del Estatuto Jurídico de Personal Facultativo: 0,025 puntos.
Pág. 237
BOCM-20241115-17
BOCM