D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241114-38)
Vías pecuarias – Resolución de 30 de octubre de 2024, del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Vereda de la mesa, Vereda del Cristo, Vereda de Juarreras a la Vega del Congosto, Colada Cochinera, Colada del Pico del Águila, Cordel de las Merinas, Colada del Pico de la Fuente el Valle y Colada de la Yegua, en los términos municipales de Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Morata de Tajuña y Arganda del Rey, para instalación de la línea media tensión subterránea Recova Solar, actuación promovida por Recova Solar, S. L.
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BOCM
Pág. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 272
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
38
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2024, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa
a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Vereda de la
mesa, Vereda del Cristo, Vereda de Juarreras a la Vega del Congosto, Colada
Cochinera, Colada del Pico del Águila, Cordel de las Merinas, Colada del Pico
de la Fuente el Valle y Colada de la Yegua, en los términos municipales de Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Morata de Tajuña y Arganda del Rey, para
instalación de la línea media tensión subterránea Recova Solar, actuación promovida por Recova Solar, S. L.
Examinado el expediente 0549/23 de ocupación temporal de las vías pecuarias Vereda
de la mesa, Vereda del Cristo, Vereda de Juarreras a la Vega del Congosto, Colada Cochinera, Colada del Pico del Águila, Cordel de las Merinas, Colada del Pico de la Fuente el Valle y Colada de la Yegua, en los términos municipales de Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Morata de Tajuña y Arganda del Rey, se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/888542.9/23, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de las vías pecuarias Vereda de la mesa, Vereda del Cristo,
Vereda de Juarreras a la Vega del Congosto, Colada Cochinera, Colada del Pico del Águila, Cordel de las Merinas, Colada del Pico de la Fuente el Valle y Colada de la Yegua, en
los términos municipales de Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Morata de Tajuña y Arganda del Rey, para instalación de la línea media tensión subterránea Recova Solar, actuación promovida por Recova Solar, S. L.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
RESUELVE
Primero
Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0549/23, de referencia.
BOCM-20241114-38
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38
de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,
Pág. 130
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 272
I. COMUNIDAD DE MADRID
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38
RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2024, del Director General de Agricultura,
Ganadería y Alimentación, por la que se anuncia la exposición pública relativa
a la autorización de ocupación temporal de las vías pecuarias Vereda de la
mesa, Vereda del Cristo, Vereda de Juarreras a la Vega del Congosto, Colada
Cochinera, Colada del Pico del Águila, Cordel de las Merinas, Colada del Pico
de la Fuente el Valle y Colada de la Yegua, en los términos municipales de Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Morata de Tajuña y Arganda del Rey, para
instalación de la línea media tensión subterránea Recova Solar, actuación promovida por Recova Solar, S. L.
Examinado el expediente 0549/23 de ocupación temporal de las vías pecuarias Vereda
de la mesa, Vereda del Cristo, Vereda de Juarreras a la Vega del Congosto, Colada Cochinera, Colada del Pico del Águila, Cordel de las Merinas, Colada del Pico de la Fuente el Valle y Colada de la Yegua, en los términos municipales de Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Morata de Tajuña y Arganda del Rey, se desprenden los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Con referencia 10/888542.9/23, tiene entrada en esta Área de Vías Pecuarias, solicitud
de autorización de ocupación de las vías pecuarias Vereda de la mesa, Vereda del Cristo,
Vereda de Juarreras a la Vega del Congosto, Colada Cochinera, Colada del Pico del Águila, Cordel de las Merinas, Colada del Pico de la Fuente el Valle y Colada de la Yegua, en
los términos municipales de Colmenar de Oreja, Perales de Tajuña, Morata de Tajuña y Arganda del Rey, para instalación de la línea media tensión subterránea Recova Solar, actuación promovida por Recova Solar, S. L.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La Ley 8/1998, de 17 de junio, de la Comunidad de Madrid, regula las vías pecuarias
existentes en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en el marco de la legislación
básica del Estado (Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias).
Segundo
RESUELVE
Primero
Someter al trámite de información pública de un mes, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
el proyecto de ocupación del expediente 0549/23, de referencia.
BOCM-20241114-38
Las ocupaciones temporales de las vías pecuarias están previstas en los artículos 37 y 38
de la citada Ley 8/1998, donde se recoge que la concesión de estas autorizaciones se someterá al trámite de información pública por tiempo de un mes.
Esta Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, en base a las competencias atribuidas por el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,