San Sebastián de los Reyes (BOCM-20241114-67)
Organización y funcionamiento. Reglamento Cesión Uso Espacios Deportivos
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BOCM
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 272
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que habiendo transcurrido el plazo
de treinta días de exposición pública del expediente del “Reglamento de Cesión de Uso de
Instalaciones y Espacios Deportivos Municipales a Entidades Deportivas” de este Ayuntamiento, aprobado inicialmente con fecha 18 de julio de 2024, por el Pleno de la Corporación, y no habiéndose registrado reclamaciones o sugerencias al mismo, dicho acuerdo se
entiende definitivamente aprobado, procediéndose, una vez transcurrido el plazo de quince
días, previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, sin que las Administraciones del Estado y Autonómica haya formulado requerimiento legal al respecto, a la publicación del texto íntegro, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, a continuación se inserta el texto íntegro del acuerdo adoptado.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.—1. El presente reglamento tiene por
objeto regular el régimen jurídico, cesión de uso y utilización de instalaciones y espacios
deportivos de la titularidad del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, en el ejercicio de la potestad normativa reconocida a éste por el artículo 49 de la ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de Bases de Régimen Local y en el marco establecido por la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, y la Ley 15/1994, 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid.
2. Este reglamento de cesión será con el objeto de colaborar con las entidades y/o deportistas en los programas de Deporte de Competición, deporte escolar, iniciación deportiva, campus deportivos y deporte popular, regulando la facilitación de uso que se realiza a
las entidades, de las instalaciones y espacios deportivos, y otras relaciones de ámbito deportivo con el Ayuntamiento. También regula con criterios objetivos las prioridades de uso,
en caso de coincidencias en las solicitudes de instalaciones y espacios deportivos.
3. También puede ser aplicable para todas aquellas entidades que realicen eventos o
actividades deportivas en espacios públicos al aire libre.
4. El período de utilización de las instalaciones deportivas, con carácter general, será
desde el 1 de septiembre hasta el 30 de junio del año siguiente salvo festivos, períodos de
Navidad y Semana Santa, (que coincidirá con las vacaciones escolares) en los que, si no hay
una notificación del club, se suspenden los entrenamientos normales (notificación con 5
días de antelación como mínimo).
5. También se incluirán aquellos campus o que se realizan en períodos vacacionales,
estando supeditados a lo que se regule en el convenio de colaboración correspondiente.
Art. 2. Requisitos.—1. Será necesario su inscripción en el Registro de Entidades
Deportivas de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, tal y como establecen el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid
( www.madrid.org ) de acuerdo a la Ley 15/1994 y Decretos 99/0977 y 199/1998 de la Comunidad de Madrid y el Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de San
Sebastián de los Reyes (aprobado por el Pleno el 21 de julio de 94) modificado en sesiones
plenarias de 19 de enero de 1995 / 16 de julio de 1998 y 20 de julio de 2000 y publicado en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 219 de 7 de diciembre de 2000,
así como estar reconocida como entidad sin ánimo de lucro y no destinar las instalaciones
cedidas a fines lucrativos o mercantiles.
2. Deben contar con: Código de Identificación Fiscal y póliza de seguros de Responsabilidad Civil.
BOCM-20241114-67
REGLAMENTO DE CESIÓN DE INSTALACIONES Y ESPACIOS
DEPORTIVOS A ENTIDADES DEPORTIVAS
Pág. 188
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 272
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Conforme a lo dispuesto en el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que habiendo transcurrido el plazo
de treinta días de exposición pública del expediente del “Reglamento de Cesión de Uso de
Instalaciones y Espacios Deportivos Municipales a Entidades Deportivas” de este Ayuntamiento, aprobado inicialmente con fecha 18 de julio de 2024, por el Pleno de la Corporación, y no habiéndose registrado reclamaciones o sugerencias al mismo, dicho acuerdo se
entiende definitivamente aprobado, procediéndose, una vez transcurrido el plazo de quince
días, previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, sin que las Administraciones del Estado y Autonómica haya formulado requerimiento legal al respecto, a la publicación del texto íntegro, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la misma, a continuación se inserta el texto íntegro del acuerdo adoptado.
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.—1. El presente reglamento tiene por
objeto regular el régimen jurídico, cesión de uso y utilización de instalaciones y espacios
deportivos de la titularidad del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, en el ejercicio de la potestad normativa reconocida a éste por el artículo 49 de la ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de Bases de Régimen Local y en el marco establecido por la Ley 39/2022,
de 30 de diciembre, del Deporte, y la Ley 15/1994, 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid.
2. Este reglamento de cesión será con el objeto de colaborar con las entidades y/o deportistas en los programas de Deporte de Competición, deporte escolar, iniciación deportiva, campus deportivos y deporte popular, regulando la facilitación de uso que se realiza a
las entidades, de las instalaciones y espacios deportivos, y otras relaciones de ámbito deportivo con el Ayuntamiento. También regula con criterios objetivos las prioridades de uso,
en caso de coincidencias en las solicitudes de instalaciones y espacios deportivos.
3. También puede ser aplicable para todas aquellas entidades que realicen eventos o
actividades deportivas en espacios públicos al aire libre.
4. El período de utilización de las instalaciones deportivas, con carácter general, será
desde el 1 de septiembre hasta el 30 de junio del año siguiente salvo festivos, períodos de
Navidad y Semana Santa, (que coincidirá con las vacaciones escolares) en los que, si no hay
una notificación del club, se suspenden los entrenamientos normales (notificación con 5
días de antelación como mínimo).
5. También se incluirán aquellos campus o que se realizan en períodos vacacionales,
estando supeditados a lo que se regule en el convenio de colaboración correspondiente.
Art. 2. Requisitos.—1. Será necesario su inscripción en el Registro de Entidades
Deportivas de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, tal y como establecen el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid
( www.madrid.org ) de acuerdo a la Ley 15/1994 y Decretos 99/0977 y 199/1998 de la Comunidad de Madrid y el Reglamento de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de San
Sebastián de los Reyes (aprobado por el Pleno el 21 de julio de 94) modificado en sesiones
plenarias de 19 de enero de 1995 / 16 de julio de 1998 y 20 de julio de 2000 y publicado en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 219 de 7 de diciembre de 2000,
así como estar reconocida como entidad sin ánimo de lucro y no destinar las instalaciones
cedidas a fines lucrativos o mercantiles.
2. Deben contar con: Código de Identificación Fiscal y póliza de seguros de Responsabilidad Civil.
BOCM-20241114-67
REGLAMENTO DE CESIÓN DE INSTALACIONES Y ESPACIOS
DEPORTIVOS A ENTIDADES DEPORTIVAS