B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241114-3)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 2720/2024, de 24 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Especialidad de Salud Pública, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 39
4. En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la
fase de oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura como Anexo de esta orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y
se anuncie la celebración del primer ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente orden y teniéndose en
cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la sustituya a la misma
fecha de publicación ya indicada].
Asimismo, con carácter previo a la realización de cada uno de los ejercicios del presente proceso selectivo que no sean tipo test y cuya forma de calificación se encuentra ya
recogida en estas bases, el tribunal calificador publicará los criterios específicos de valoración de estos exámenes, junto con la asignación de puntuación o porcentaje de cada uno de
ellos a los que se ajustará el juicio técnico de evaluación que el órgano de selección aplicará a los mismos.
5. A efectos de agilización del proceso selectivo, y en aplicación de lo recogido en la
instrucción novena.4 y 5 de la Orden de 1 de julio de 2022, se realizarán en una misma sesión
dos o más ejercicios de los que conforman dicho proceso, cuando por su naturaleza y duración ello resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos cada ejercicio objeto
de corrección independiente, pasando únicamente a valorarse los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido
por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para las mismas personas aspirantes, sin incluir
los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
6. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del Tribunal calificador la posibilidad de invertir el orden de realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “N”, de conformidad con la Resolución
de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 89, de 15 de abril).
8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio de cada proceso se hará
constar, a propuesta del Tribunal de selección, en la Resolución por la que se aprueben las
relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el proceso selectivo
correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
con una antelación mínima de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así como
la de la lista de personas aprobadas en los ejercicios integrantes de la presente convocatoria,
se efectuará en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el siguiente enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracionservicios-comunidad-madrid , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya
URL es https://sede.comunidad.madrid
9. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2025.
Octava
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal calificador se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente forma:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez puntos.
2.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero a treinta puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de quince puntos.
BOCM-20241114-3
Calificación de la oposición
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 39
4. En cuanto a la legislación aplicable y exigible en los ejercicios de que consta la
fase de oposición de esta convocatoria referida a los temas incluidos en el programa que figura como Anexo de esta orden, será la vigente en la fecha de publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en este proceso selectivo y
se anuncie la celebración del primer ejercicio del mismo, en todo aquello que no se encuentre expresamente contemplado en las bases recogidas en la presente orden y teniéndose en
cuenta, en el caso de la normativa que haya sido derogada, la que la sustituya a la misma
fecha de publicación ya indicada].
Asimismo, con carácter previo a la realización de cada uno de los ejercicios del presente proceso selectivo que no sean tipo test y cuya forma de calificación se encuentra ya
recogida en estas bases, el tribunal calificador publicará los criterios específicos de valoración de estos exámenes, junto con la asignación de puntuación o porcentaje de cada uno de
ellos a los que se ajustará el juicio técnico de evaluación que el órgano de selección aplicará a los mismos.
5. A efectos de agilización del proceso selectivo, y en aplicación de lo recogido en la
instrucción novena.4 y 5 de la Orden de 1 de julio de 2022, se realizarán en una misma sesión
dos o más ejercicios de los que conforman dicho proceso, cuando por su naturaleza y duración ello resulte técnica y materialmente posible, siendo en estos casos cada ejercicio objeto
de corrección independiente, pasando únicamente a valorarse los sucesivos ejercicios celebrados, en su orden, para aquellas personas aspirantes que hayan alcanzado el nivel establecido
por el órgano de selección para superar el ejercicio inmediatamente precedente.
En todo caso, podrán, al menos, acumularse ejercicios cuya duración conjunta no supere cinco horas en la misma sesión diaria para las mismas personas aspirantes, sin incluir
los tiempos de descanso que pudieran establecerse entre ellos, y siempre que no existan razones técnicas o materiales que lo impidan.
6. En el caso de las aspirantes que se encuentren en situación de embarazo o puerperio, se valorará por parte del Tribunal calificador la posibilidad de invertir el orden de realización de los ejercicios o su aplazamiento, todo ello sin menoscabo del derecho de todas las personas aspirantes a una resolución del proceso selectivo ajustada al calendario previsto.
7. El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará alfabéticamente por
aquella cuyo primer apellido comience por la letra “N”, de conformidad con la Resolución
de 2 de abril de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo efectuado con objeto de determinar el orden de actuación de los
aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 89, de 15 de abril).
8. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio de cada proceso se hará
constar, a propuesta del Tribunal de selección, en la Resolución por la que se aprueben las
relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el proceso selectivo
correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
con una antelación mínima de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así como
la de la lista de personas aprobadas en los ejercicios integrantes de la presente convocatoria,
se efectuará en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el siguiente enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracionservicios-comunidad-madrid , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya
URL es https://sede.comunidad.madrid
9. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2025.
Octava
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal calificador se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente forma:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez puntos.
2.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero a treinta puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de quince puntos.
BOCM-20241114-3
Calificación de la oposición