B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241114-3)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 2720/2024, de 24 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Especialidad de Salud Pública, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 35
ellas correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2021, aprobada por Decreto 241/2021,
de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 309, de 28 de diciembre), y la restante correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2024, aprobada por Decreto 58/2024, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, de 13 de junio).
Segunda
Personas aspirantes
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, tener los siguientes requisitos:
— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes del título de Formación Profesional de Técnico Superior de Laboratorio Clínico y Biomédico o del título de Formación Profesional
de Técnico Superior en Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria, o titulaciones equivalentes, expedidos por el Ministerio competente.
En el caso de titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación
de instancias.
2. En cuanto a las adaptaciones de tiempo y medios, cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el
tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo expresado en la Orden PRE/1822/2006,
de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos
adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De
igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de
tener el recinto o espacio físico donde las pruebas se desarrollen.
Las personas aspirantes, que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de
su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo
de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de
mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de
la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.
En el supuesto de las aspirantes embarazadas o en puerperio, se garantizará su acceso
en condiciones de igualdad a la realización del ejercicio o ejercicios de que consta el proceso selectivo, con independencia del momento en el que aquéllas lo soliciten.
3. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera del Cuerpo sobre el que versa la presente convocatoria.
Tercera
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar
exclusivamente por medios electrónicos, a través de la página correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposicionesadministracion-servicios-comunidad-madrid , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de
Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid
BOCM-20241114-3
Solicitudes y plazo de presentación
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 35
ellas correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2021, aprobada por Decreto 241/2021,
de 22 de diciembre, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 309, de 28 de diciembre), y la restante correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2024, aprobada por Decreto 58/2024, de 12 de junio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 140, de 13 de junio).
Segunda
Personas aspirantes
1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas bastará con
que las personas aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen, además de los requisitos que se recogen en la base sexta.1 de la Orden 290/2018, de 27 de junio, tener los siguientes requisitos:
— Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes del título de Formación Profesional de Técnico Superior de Laboratorio Clínico y Biomédico o del título de Formación Profesional
de Técnico Superior en Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria, o titulaciones equivalentes, expedidos por el Ministerio competente.
En el caso de titulaciones extranjeras se deberá estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la credencial que acredite su homologación y/o reconocimiento por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación
de instancias.
2. En cuanto a las adaptaciones de tiempo y medios, cuando la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el
tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo expresado en la Orden PRE/1822/2006,
de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos
adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.
Si la adaptación solicitada lo fuera de medios, se deberá concretar cuáles son estos. De
igual modo, deberá especificarse, en su caso, las condiciones de accesibilidad que haya de
tener el recinto o espacio físico donde las pruebas se desarrollen.
Las personas aspirantes, que, aun teniendo alguna limitación, temporal o permanente, de
su capacidad, no tengan la consideración de persona con discapacidad, deberán aportar certificado médico oficial que contenga los extremos señalados en los párrafos anteriores.
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo
de Gobierno, en relación con lo estipulado en el artículo 6 de la Orden 1285/1999, de 11 de
mayo, de la Consejería de Hacienda, y a efectos de poder valorar la procedencia de la adaptación solicitada, se podrá, si así se estimase necesario, recabar informe y, en su caso, colaboración de los Centros Base de Valoración y Orientación a personas con discapacidad de
la Comunidad de Madrid, de la Unidad Administrativa de Colaboración con el Instituto Nacional de la Seguridad Social o de otros órganos técnicos competentes.
En el supuesto de las aspirantes embarazadas o en puerperio, se garantizará su acceso
en condiciones de igualdad a la realización del ejercicio o ejercicios de que consta el proceso selectivo, con independencia del momento en el que aquéllas lo soliciten.
3. Todos los requisitos establecidos en las bases de esta convocatoria, deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera del Cuerpo sobre el que versa la presente convocatoria.
Tercera
1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar
exclusivamente por medios electrónicos, a través de la página correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposicionesadministracion-servicios-comunidad-madrid , o en la Sede Electrónica de la Comunidad de
Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid
BOCM-20241114-3
Solicitudes y plazo de presentación