B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241114-2)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 2719/2024, de 24 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial, Especialidad de Agentes de Inspección del Transporte, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 30
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 272
comunidad-madrid, o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid
9. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2025.
Octava
Calificación de la oposición
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal calificador se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente forma:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.
2.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero a sesenta puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de treinta puntos.
3. En cuanto a la calificación final, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio. El orden de las personas aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman
la oposición, debiendo ser ordenadas desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones,
constituyendo la suma de dichas puntuaciones la calificación final de cada una de las personas aspirantes.
4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por
las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
— Mayor calificación obtenida en el segundo y primer ejercicio, por este orden.
— De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal
calificador de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.
Novena
Lista de personas aprobadas en los procesos selectivos y acreditación del cumplimiento
de requisitos
1. El Tribunal calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el
proceso selectivo correspondiente, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación
total alcanzada, y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de
aplicación.
— Calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.
— Calificación final del proceso selectivo.
2. En cuanto a la acreditación del cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo de que se trate, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio.
Décima
1. Concluido el proceso selectivo, quienes los hubieran superado y acreditado el
cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo
con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, personal
funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial,
Especialidad de Agentes de Inspección del Transporte, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión según lo dispuesto en la base decimosexta de la
mencionada Orden.
2. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad
temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán tomar posesión de su nuevo puesto de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que
se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso, el
BOCM-20241114-2
Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión
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comunidad-madrid, o en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es
https://sede.comunidad.madrid
9. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2025.
Octava
Calificación de la oposición
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el Tribunal calificador se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente forma:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.
2.2. Segundo ejercicio: se calificará de cero a sesenta puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de treinta puntos.
3. En cuanto a la calificación final, el Tribunal se ajustará a lo previsto en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio. El orden de las personas aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman
la oposición, debiendo ser ordenadas desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones,
constituyendo la suma de dichas puntuaciones la calificación final de cada una de las personas aspirantes.
4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por
las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
— Mayor calificación obtenida en el segundo y primer ejercicio, por este orden.
— De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del Tribunal
calificador de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.
Novena
Lista de personas aprobadas en los procesos selectivos y acreditación del cumplimiento
de requisitos
1. El Tribunal calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, la relación de aspirantes que han superado el
proceso selectivo correspondiente, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación
total alcanzada, y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de
aplicación.
— Calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición.
— Calificación final del proceso selectivo.
2. En cuanto a la acreditación del cumplimiento de requisitos por parte de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo de que se trate, se estará a lo dispuesto en las bases decimocuarta.6 a decimocuarta.10 de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior deberá realizarse exclusivamente por medios telemáticos, en aplicación de lo recogido en el Decreto 188/2021, de 21 de julio.
Décima
1. Concluido el proceso selectivo, quienes los hubieran superado y acreditado el
cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombrados, de acuerdo
con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 290/2018, de 27 de junio, personal
funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Auxiliares de Administración Especial,
Especialidad de Agentes de Inspección del Transporte, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid, tomando posesión según lo dispuesto en la base decimosexta de la
mencionada Orden.
2. En el supuesto de que las aspirantes se encuentren en situación de incapacidad
temporal, riesgo durante el embarazo o permiso por parto, podrán tomar posesión de su nuevo puesto de trabajo y continuar en la situación que vinieran disfrutando o que les correspondiera desde ese momento, sin perjuicio de que, a petición propia, puedan solicitar que
se estime una situación de fuerza mayor, iniciándose o reanudándose, en este caso, el
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Nombramiento como personal funcionario de carrera y toma de posesión