C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241113-13)
Concesión subvenciones –  Orden 1671/2024, de 6 de noviembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a empresas privadas para realizar proyectos de música en 2024
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 271

MIÉRCOLES 13 DE NOVIEMBRE DE 2024

Pág. 35

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
13

ORDEN 1671/2024, de 6 de noviembre, del Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a empresas privadas
para realizar proyectos de música en 2024.

Mediante la Orden 1424/16, de 18 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID de 6 de mayo de 2016) y modificada mediante la Orden 232/2018, de 6 de marzo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de marzo de 2018) y la Orden 1015/2021,
de 6 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 17 de septiembre),
se establecen las bases reguladoras de las ayudas a empresas privadas para la realización de proyectos de música.
En desarrollo de la anterior, por Orden 249/2024, de 13 de marzo, se convocan ayudas
a empresas privadas para realizar proyectos de música en 2024 con una dotación presupuestaria de 325.000 euros. La Orden se hizo pública a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y el Extracto de la misma fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID el 2 de abril de 2024.
Posteriormente, previos los informes técnicos oportunos, y tras la valoración de las solicitudes por parte de la Comisión Sectorial de Música, reunida en fecha 18 de julio de 2024,
se ha elevado propuesta de resolución por parte de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas.
Por todo ello, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículo 7.1.a)
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Beneficiarios e imputación presupuestaria
Se conceden subvenciones a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden, en virtud del proyecto y por la cuantía que se especifica en el mismo. Dicho
gasto se hará efectivo con cargo al crédito autorizado en el subconcepto 47399 del programa 334A del vigente Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Solicitudes desestimadas
Se desestiman las solicitudes presentadas por las entidades que se citan en el Anexo II
de la presente Orden, por las causas que se detallan en el mismo especificando los proyectos a los que afecta dicha desestimación.
Tercero
1. El abono de la ayuda se realizará, previa justificación, mediante transferencia bancaria a los beneficiarios.
2. El beneficiario deberá justificar el cumplimiento de la finalidad para la que se concedió y acreditación de la misma en los términos indicados por el artículo 25 del Decreto 45/1997,
de 20 de marzo, por el que se desarrolla el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por
la Intervención General de la Comunidad de Madrid, en relación con lo previsto por el artículo 10 de la Ley 2/1995 de 8 de marzo de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
3. Los beneficiarios deberán presentar la documentación justificativa de la realización del proyecto hasta el 15 de noviembre de 2024.

BOCM-20241113-13

Justificación y pago de la subvención