Fuenlabrada (BOCM-20241112-72)
Urbanismo. Régimen especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 270

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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FUENLABRADA

El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 21 de octubre
de 2024, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Aplicación del régimen previsto en el artículo segundo de la Ley 3/2024, de 28 de junio, de medidas urbanísticas para la promoción de vivienda protegida.
Primero.—Considerar como régimen aplicable a las parcelas o ámbitos incardinables
en artículo segundo de la Ley 3/2024, en las que se permite la implantación del régimen previsto en el mismo:
— Parcela de la calle Zaragoza n.o 4, calificada con uso T terciario por el Plan General.
— Parcelas de la manzana delimitada por las calles Uruguay, Brasil y Valparaíso, calificadas con uso T terciario por el Plan General.
— Edificaciones de la calle Hungría 10 y 12, situadas y calificadas en la parcela 11 del
Plan Especial de Reforma Interior (PERI) del CAESI (API-1 PG).
— Parcelas de la calle Luis Sauquillo 95A y 95B, fincas de salida 5a y 5b calificadas
según la Unidad de Ejecución (UE) V-1 del PGOU 1987 (APD-5 PG).
— Parcela de la calle Oviedo 11, superficie destinada a Terciario. Parcela 1 calificada
en la ordenación del Estudio de Detalle (ED) del Área de Planeamiento Remitido
n.o 3 (APR-3 PG).
— Parcelas de la calle Gregorio Marañón 12 y 14. Fincas resultantes 8.4 y 10.4 calificadas por el Plan Parcial del Sector PP I-4 “Hospital”.
— Parcelas de la calle de los Girasoles 2 y 4. Fincas resultantes 1.1 y 1.2 calificadas
por el Plan Parcial del Sector PP II-2 “El Vivero”.
Segundo.—Considerar como régimen aplicable a las parcelas o ámbitos incardinables
en artículo segundo de la Ley 3/2024, en las que no se permite la implantación del régimen
previsto en el mismo:
Parcela de la plaza de La Constitución n.o 2, parcela 8 calificada por el Plan Especial
de Reforma Interior (PERI) del CAESI (API-2.2 PG).
— Parcela de la calle Constitución 129, calificada e identificada como T-A en la ordenación del Estudio de Detalle (ED) del Área de Planeamiento Diferenciado
n.o 12 (APD-12 PG).
— Parcelas de la avenida de La Industria 2 y 18, calificadas por el Plan Parcial La
Cantueña (UZI-2 PG).
— Parcelas de la calle Móstoles 109 y calle Oasis 2, parcelas P-1 y P-2 respectivamente, calificadas por el Plan Parcial del Sector PP I-2 “Triángulo Norte”.
— Parcelas de la avenida de La Industria 32 y 41, calle de La Imprenta 6, calle del Canario 43 y 45, y avenida de La Cantueña 20, 22 y 24. Fincas resultantes n.o 4.1,
3.3, 2.9, 8.1, 1.4, 11.10, 11.11 y 11.12, respectivamente, calificadas por el Plan
Parcial del Sector PP I-3 “El Bañuelo”.
— Ámbitos de suelo urbano no consolidado APR-7 “Nudo M-506”, APR-8 “Terciario Cobo 1” y APR-9 “Terciario Cobo II”, calificados por el Plan General con uso
característico terciario oficinas en suelo urbano no consolidado, sin ordenación
pormenorizada.
Lo que se publica para general conocimiento y demás efectos, haciendo saber que este
acuerdo agota la vía administrativa y contra éste podrá interponer recurso contenciosoadministrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en
el plazo de dos meses a contar desde esta notificación.
Sin perjuicio de lo anterior, podrá interponer recurso de reposición en los términos y
plazos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Proce-

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