Guadalix de la Sierra (BOCM-20241112-77)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 448
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 270
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
GUADALIX DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241112-77
Por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, de 8 de noviembre
de 2024, se ha aprobado inicialmente la modificación de la ordenanza de la tasa por recogida y tratamiento de residuos, por lo que se expone al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, y artículo 111 de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, puedan examinar el
expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
a) Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días
hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
c) Órgano ante quién se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente
adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario ni publicación, entrando en vigor la ordenanza que se adjunta hasta su modificación o derogación expresa.
En Guadalix de la Sierra, a 8 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Borja Álvarez González.
(03/18.321/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 270
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AYUNTAMIENTO DE
77
GUADALIX DE LA SIERRA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241112-77
Por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Guadalix de la Sierra, de 8 de noviembre
de 2024, se ha aprobado inicialmente la modificación de la ordenanza de la tasa por recogida y tratamiento de residuos, por lo que se expone al público a efectos de que los interesados, a tenor del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, y artículo 111 de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, puedan examinar el
expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas de acuerdo con las siguientes normas:
a) Plazo de presentación de reclamaciones y de examinar el expediente: treinta días
hábiles siguientes a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Lugar donde se encuentra el expediente: Intervención del Ayuntamiento.
c) Órgano ante quién se reclama: Pleno del Ayuntamiento.
En el supuesto de que no se presenten reclamaciones, se entenderá definitivamente
adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario ni publicación, entrando en vigor la ordenanza que se adjunta hasta su modificación o derogación expresa.
En Guadalix de la Sierra, a 8 de noviembre de 2024.—El alcalde-presidente, Borja Álvarez González.
(03/18.321/24)
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ISSN 1989-4791