D) Anuncios - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20241112-21)
Protocolo de actuación –  Anuncio de 25 de septiembre de 2024, de Protocolo General de Actuación entre el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, a través del Instituto Geográfico Nacional y la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid para la colaboración en materia de información y análisis territorial en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 270

técnica en materia de cartografía a organismos públicos, así como la dirección y
gestión de los laboratorios y talleres cartográficos.
Segundo

Tercero
Que ambas partes participan en la Mesa de Movilidad Rural, que es una de las medidas de la línea de actuación “Movilidad en el ámbito rural”, incluida en el eje “Movilidad para todos” de la “Estrategia de Movilidad Segura Sostenible y Conectada”
( https://esmovilidad.mitma.es/ejes-estrategicos ) impulsada por Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible (anteriormente denominado Ministerio de Transporte, Movilidad y Agencia Urbana) y desarrollada en coordinación con la acción de “Conectividad Territorial Innovadora” ( https://www.miteco.gob.es/es/reto-demografico/temas/medidas-reto-demografico/ ) del

BOCM-20241112-21

Que la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de
Madrid, asumió el reto de definir de un modo claro y preciso el papel que nuestra Comunidad Autónoma debe jugar en relación con los municipios de nuestra región, todo ello en el
marco del principio de subsidiariedad y de acuerdo con la idea expresada en la Carta
Europea para la Administración Local firmada en Roma en el año 1984 sobre el ejercicio
de las responsabilidades públicas, que debe corresponder preferentemente a las autoridades
más próximas a los ciudadanos y desarrolló las competencias que, en materia de régimen
local, corresponden a la Comunidad de Madrid, según su Estatuto de Autonomía, en el marco de la Constitución y de la legislación estatal básica.
En su artículo 112.2 establece que la Comunidad de Madrid, en virtud de lo dispuesto
en la Disposición Transitoria Cuarta de su Estatuto, asume las competencias propias de la
Diputación Provincial, y, por tanto, desarrollará en relación con las Entidades Locales de
Madrid las funciones de coordinación, colaboración y asistencia que la legislación estatal
atribuye a aquellas corporaciones provinciales. La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, refuerza su papel concretando
actuaciones hacia los municipios con población inferior a 20.000 habitantes.
Que conforme a lo establecido en el artículo 128, de la Ley 2/2003, de 11 de marzo,
corresponde a la Comunidad de Madrid garantizar los principios de solidaridad y equilibrio
intermunicipal en el marco de la política social y económica, colaborando a la prestación
integral y adecuada en la totalidad de su territorio de los servicios de competencia municipal, especialmente de los servicios mínimos y obligatorios, y coordinando la prestación de
los servicios municipales entre sí.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto 229/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local, corresponde a dicha Consejería, a través de
la Dirección General de Reequilibrio Territorial, entre otras, las siguientes competencias:
— La elaboración de un sistema de vertebración territorial, para la coordinación de
las políticas públicas sobre la base de datos comparables cuantificados y georreferenciados para la obtención de indicadores que permitan el diseño de las políticas de reequilibrio territorial y garanticen la prestación de servicios en todo el territorio, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de la
Comunidad de Madrid que ostente las competencias en materia de estadística.
— El desarrollo y mantenimiento de la encuesta de infraestructuras y equipamientos
locales a través de la actualización y generación de datos relativos a la prestación
de servicios, los niveles de infraestructuras y equipamientos municipales, así
como la encuesta de calidad y satisfacción de los servicios públicos en los municipios de menor población de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio de las competencias de la Dirección General de la Comunidad de Madrid que ostente las
competencias en materia de estadística.
— El desarrollo de la estrategia de cohesión y equilibrio territorial de la Comunidad
de Madrid, y la generación, desarrollo y mantenimiento del sistema de información para la coordinación territorial.
— La formulación y difusión de metodologías de evaluación de políticas públicas del
ámbito local, definición de indicadores y desarrollo del mecanismo de seguimiento y coordinación en el ámbito autonómico, sin perjuicio de las competencias de
la Dirección General de la Comunidad de Madrid que ostente las competencias en
materia de estadística.