C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20241112-18)
Plan estratégico de subvenciones –  Orden 153/2024, de 29 de octubre, de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024, aprobado por orden 52/2024, de 9 de mayo, de la Consejería de Digitalización
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 270

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024

Pág. 71

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Digitalización
18

ORDEN 153/2024, de 29 de octubre, de la Consejería de Digitalización, por la
que se modifica parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024, aprobado por orden 52/2024, de 9 de
mayo, de la Consejería de Digitalización.

Mediante Orden 52/2024, de 9 de mayo, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024, incluyendo los principios básicos
inspiradores de la acción subvencional de la Consejería, siendo modificada posteriormente
mediante la Orden 91/2024, de 2 de julio, y la Orden 103/2024, de 16 de agosto, ambas de
la Consejería de Digitalización, para añadir varias líneas de subvenciones del ámbito competencial de la Dirección General de Estrategia Digital.
La presente modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024-2025 tiene por objeto incorporar las ayudas para el desarrollo
de casos de uso Blockchain, dentro del programa de redes territoriales de especialización
tecnológica y las ayudas destinadas a las agrupaciones empresariales de innovación digital
para promover la competitividad de las pymes y de la economía de la región en general.
Asimismo se incorpora un nuevo epígrafe de subvenciones en régimen de concesión
directa, incluyendo en el mismo cuatro líneas de subvenciones nominativas, cuyas dotaciones presupuestarias y beneficiarios aparecen determinados en los estados de gastos de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, aprobados mediante la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, para el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad del tejido productivo de la
Comunidad de Madrid; así como una subvención al Clúster de Computación Cuántica para
el mismo fin en el ámbito de la computación cuántica.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 8, apartado 1, establece con el carácter de legislación básica, que los órganos de las Administraciones públicas que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden
con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, recoge en idénticos términos esta misma obligación, en su artículo 4 bis.
Asimismo, en el caso de subvenciones concedidas de forma directa y por aplicación
del artículo 12.2.a) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el contenido
del Plan Estratégico se puede reducir a la elaboración de una memoria explicativa de los
objetivos, costes de realización y las fuentes de financiación, todo ello de conformidad con
el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Estrategia Digital, de conformidad con lo previsto en los artículos 4.bis y 7.1.a) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO

Modificar parcialmente el Plan Estratégico de Subvenciones 2024 de la Consejería de
Digitalización, modificado por la Orden 91/2024, de 2 de julio, y la Orden 103/2024, de 16
de agosto, ambas de la Consejería de Digitalización, en los siguientes términos:
Primero.—Se introduce un nuevo apartado I.7 Subvenciones dirigidas a la ejecución
del programa de redes territoriales de especialización tecnológica, en el marco del Componente 13 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, cuyo contenido se recoge en el Anexo a la presente Orden.

BOCM-20241112-18

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