D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241112-32)
Convenio – Convenio de 28 de octubre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la empresa AVG Capital Management 12, S. A., por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe estimado de 3.752.395,40 euros, para la promoción de 80 viviendas previstas de nueva construcción energéticamente eficientes destinadas al alquiler a precio asequible en el marco del C02.I02.P02.S19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 268
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 270
ANEXO I
PRINCIPIOS TRANSVERSALES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
Serán aplicables al presente Convenio todos los principios transversales del PRTR contenidos en sus
normas de desarrollo dentro de los cuales se encuentran los siguientes parámetros específicos a cumplir:
Hitos y Objetivos.
El presente Convenio apoyará específicamente con 80 viviendas finalizadas en el segundo trimestre de 2026
el cumplimiento del Objetivo Nº 31 del CID: 20.000 nuevas viviendas construidas en el segundo trimestre de
2026 para alquiler social o a precios asequibles que cumplan los criterios marcados de eficiencia energética.
DNSH.
Para el cumplimiento de este Convenio, la actuación no debe causar perjuicio significativo a los
objetivos medioambientales del PRTR, cumpliendo específicamente:
-
Los edificios que se construyan deberán tener un consumo de energía primaria no renovable inferior a
los valores límite incluidos en la tabla 60.1, en función de la zona climática en la que se ubique el edificio,
según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación. Estos valores límite suponen una
reducción del 20 % con respecto a los establecidos en la sección HE0 del Documento Básico DB HE de
Ahorro de energía del CTE, para edificios nuevos destinados a uso residencial vivienda.
-
El proyecto de los edificios incluirá un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que
se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de residuos de construcción y
demolición, conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula
la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, donde se cumplirán las siguientes
condiciones: 1.º Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos
(excluyendo el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos
establecida por la Decisión 2000/532 /EC) generados en el sitio de construcción se preparará para su
reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando
residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión
de residuos de construcción y demolición de la UE. 2.º Los operadores deberán limitar la generación de
residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo
de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas
disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de
sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva
de materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y
demolición. Asimismo, se establecerá que la demolición se lleve a cabo preferiblemente de forma
selectiva y la clasificación se realizará de forma preferente en el lugar de generación de los residuos.
-
Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad y, en particular,
demostrarán, con referencia a la ISO 20887 u otras normas para evaluar la capacidad de
desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo están diseñados para ser más eficientes en el
uso de recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y reciclaje.
Etiquetado verde y digital.
Se deben incluir los porcentajes de contribución del proyecto al etiquetado verde y digital, que deben
apoyar a los objetivos climáticos y medioambientales, siendo el campo de intervención el 025ter, el
coef. clima del 40% y el coef. medioambiental del 40%.
Las actuaciones cumplirán la normativa europea, nacional y autonómica aplicable y, en particular, los
aspectos recogidos en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), relativos
a evitar el fraude, la corrupción, el conflicto de intereses y la doble financiación, y estarán sujetas a los
controles de la Comisión Europea, de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), del
Tribunal de Cuentas Europeo y de la Fiscalía Europea, así como a los órganos de control nacionales y
de la Comunidad de Madrid, para lo que se autorizará la consulta de los datos necesarios.
Se deberán aportar las Declaraciones Responsables y demás documentación exigible en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241.
Se deberá realizar el análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en aplicación de la Orden
HFP/55/2023, de 24 de enero.
Comunicación y publicidad.
La actuación se somete a las obligaciones de comunicación y publicidad del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, debiendo figurar el identificador del subproyecto específico,
C02.I02.P02.S19.
BOCM-20241112-32
Compromiso en la lucha contra el fraude.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 268
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 270
ANEXO I
PRINCIPIOS TRANSVERSALES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
Serán aplicables al presente Convenio todos los principios transversales del PRTR contenidos en sus
normas de desarrollo dentro de los cuales se encuentran los siguientes parámetros específicos a cumplir:
Hitos y Objetivos.
El presente Convenio apoyará específicamente con 80 viviendas finalizadas en el segundo trimestre de 2026
el cumplimiento del Objetivo Nº 31 del CID: 20.000 nuevas viviendas construidas en el segundo trimestre de
2026 para alquiler social o a precios asequibles que cumplan los criterios marcados de eficiencia energética.
DNSH.
Para el cumplimiento de este Convenio, la actuación no debe causar perjuicio significativo a los
objetivos medioambientales del PRTR, cumpliendo específicamente:
-
Los edificios que se construyan deberán tener un consumo de energía primaria no renovable inferior a
los valores límite incluidos en la tabla 60.1, en función de la zona climática en la que se ubique el edificio,
según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación. Estos valores límite suponen una
reducción del 20 % con respecto a los establecidos en la sección HE0 del Documento Básico DB HE de
Ahorro de energía del CTE, para edificios nuevos destinados a uso residencial vivienda.
-
El proyecto de los edificios incluirá un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición que
se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de residuos de construcción y
demolición, conforme a lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula
la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, donde se cumplirán las siguientes
condiciones: 1.º Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos
(excluyendo el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos
establecida por la Decisión 2000/532 /EC) generados en el sitio de construcción se preparará para su
reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando
residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión
de residuos de construcción y demolición de la UE. 2.º Los operadores deberán limitar la generación de
residuos en los procesos relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo
de gestión de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas
disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y manipulación segura de
sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta calidad mediante la eliminación selectiva
de materiales, utilizando los sistemas de clasificación disponibles para residuos de construcción y
demolición. Asimismo, se establecerá que la demolición se lleve a cabo preferiblemente de forma
selectiva y la clasificación se realizará de forma preferente en el lugar de generación de los residuos.
-
Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad y, en particular,
demostrarán, con referencia a la ISO 20887 u otras normas para evaluar la capacidad de
desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo están diseñados para ser más eficientes en el
uso de recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir la reutilización y reciclaje.
Etiquetado verde y digital.
Se deben incluir los porcentajes de contribución del proyecto al etiquetado verde y digital, que deben
apoyar a los objetivos climáticos y medioambientales, siendo el campo de intervención el 025ter, el
coef. clima del 40% y el coef. medioambiental del 40%.
Las actuaciones cumplirán la normativa europea, nacional y autonómica aplicable y, en particular, los
aspectos recogidos en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR), relativos
a evitar el fraude, la corrupción, el conflicto de intereses y la doble financiación, y estarán sujetas a los
controles de la Comisión Europea, de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), del
Tribunal de Cuentas Europeo y de la Fiscalía Europea, así como a los órganos de control nacionales y
de la Comunidad de Madrid, para lo que se autorizará la consulta de los datos necesarios.
Se deberán aportar las Declaraciones Responsables y demás documentación exigible en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241.
Se deberá realizar el análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en aplicación de la Orden
HFP/55/2023, de 24 de enero.
Comunicación y publicidad.
La actuación se somete a las obligaciones de comunicación y publicidad del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, debiendo figurar el identificador del subproyecto específico,
C02.I02.P02.S19.
BOCM-20241112-32
Compromiso en la lucha contra el fraude.