D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241112-26)
Convenio – Convenio de 28 de octubre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la empresa Altacus Investments, S. A. U., por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe estimado de 16.056.751,30 euros, para la promoción de 400 viviendas previstas de nueva construcción energéticamente eficientes destinadas al alquiler a precio asequible en el marco del C02.I02.P02.S19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-Eu
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 270
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
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n)
o)
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s)
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en cuyo anexo VI se incluyen
los campos de intervención a los que corresponden las actuaciones subvencionables de los programas del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, según quedan
especificados en la definición de cada uno de los programas, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (CID).
En caso de incumplimiento del principio DNSH, del etiquetado climático o de las
condiciones recogidas en el anexo a la CID y en los apartados 3,6 y 8 del componente 2 del PRTR, se deberán reintegrar las cuantías percibidas.
Autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como aportar todas las declaraciones responsables, DACI y demás documentación que se exija por las autoridades competentes, conforme a la normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241. Al ser programas
de ayudas desarrollados en el marco del MRR se considerarán obligaciones para
el destinatario último, el registro de sus datos en una base de datos única propuesta por el estado miembro, así como la sujeción a los controles llevados a cabo por
los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude,
Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
Cumplir con los deberes de cooperación para la protección de los intereses financieros de la Unión y obligaciones de conservación de la documentación justificativa de la realización de la actuación subvencionada, de los gastos y pagos realizados (durante un período de cinco años, por ser la financiación de un importe
superior a 60.000 euros) en cumplimiento del artículo 22.2.f) del Reglamento
(UE) 2021/241 en relación con lo establecido en el artículo 132 del Reglamento
(UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio
de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la
Unión.
Acreditar con anterioridad al abono de cualquier cantidad que se halla al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
y que no tiene deudas con la Administración tributaria de la Comunidad de
Madrid.
La Dirección General con competencia en materia de vivienda podrá exigir la presentación de cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de
acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del
PRTR, así como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y seguimiento del plan, incluyendo la posibilidad de tener que sumar nuevos elementos de monitorización por parte de las
instituciones europeas e informando de lo que sea preciso para alimentar dicho
sistema y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea para la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.
Declaraciones responsables de otras ayudas recibidas conforme a lo establecido
en la cláusula octava del presente convenio.
Cumplimiento de los principios de gestión del PRTR determinados en la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
Informar de cualquier sospecha de fraude pudiendo utilizar cualquiera de los
canales de comunicación que establece la Comunidad de Madrid: el canal público de la IGAE, el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid
(www.comunidad.madrid/transparencia/), así como su buzón de consultas
abierto a toda la ciudadanía ( https://www.comunidad.madrid/transparencia/quejas-y-reclamaciones ).
El beneficiario cumplirá con las obligaciones de publicidad y difusión establecidas en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021 y deberá adoptar medidas de información, comunicación y visibilidad de las actuaciones financiadas (banners en
webs, aplicaciones informáticas, carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, anuncio e inserciones en prensa, certificados, etc.), incluyendo los siguientes logos:
1. Emblema de la Unión Europea que incluirá el texto: “Financiado por la
Unión Europea–Next Generation UE”. Se tendrán en cuenta las normas grá-
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BOCM-20241112-26
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
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Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, en cuyo anexo VI se incluyen
los campos de intervención a los que corresponden las actuaciones subvencionables de los programas del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, según quedan
especificados en la definición de cada uno de los programas, así como con lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (CID).
En caso de incumplimiento del principio DNSH, del etiquetado climático o de las
condiciones recogidas en el anexo a la CID y en los apartados 3,6 y 8 del componente 2 del PRTR, se deberán reintegrar las cuantías percibidas.
Autorizar la cesión de datos cuando sea necesario, así como aportar todas las declaraciones responsables, DACI y demás documentación que se exija por las autoridades competentes, conforme a la normativa nacional y europea en cumplimiento de las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia y el Reglamento (UE) 2021/241. Al ser programas
de ayudas desarrollados en el marco del MRR se considerarán obligaciones para
el destinatario último, el registro de sus datos en una base de datos única propuesta por el estado miembro, así como la sujeción a los controles llevados a cabo por
los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude,
Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
Cumplir con los deberes de cooperación para la protección de los intereses financieros de la Unión y obligaciones de conservación de la documentación justificativa de la realización de la actuación subvencionada, de los gastos y pagos realizados (durante un período de cinco años, por ser la financiación de un importe
superior a 60.000 euros) en cumplimiento del artículo 22.2.f) del Reglamento
(UE) 2021/241 en relación con lo establecido en el artículo 132 del Reglamento
(UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio
de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la
Unión.
Acreditar con anterioridad al abono de cualquier cantidad que se halla al corriente
en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
y que no tiene deudas con la Administración tributaria de la Comunidad de
Madrid.
La Dirección General con competencia en materia de vivienda podrá exigir la presentación de cualesquiera otros informes o documentos justificativos que, de
acuerdo con la normativa europea o nacional, resulten exigibles en el marco del
PRTR, así como el suministro de información que sea solicitada para dar cumplimiento al adecuado sistema de gestión y seguimiento del plan, incluyendo la posibilidad de tener que sumar nuevos elementos de monitorización por parte de las
instituciones europeas e informando de lo que sea preciso para alimentar dicho
sistema y las aplicaciones informáticas que la normativa nacional o europea prevea para la gestión, el seguimiento y control de la financiación y los objetivos.
Declaraciones responsables de otras ayudas recibidas conforme a lo establecido
en la cláusula octava del presente convenio.
Cumplimiento de los principios de gestión del PRTR determinados en la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre y en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre.
Informar de cualquier sospecha de fraude pudiendo utilizar cualquiera de los
canales de comunicación que establece la Comunidad de Madrid: el canal público de la IGAE, el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid
(www.comunidad.madrid/transparencia/), así como su buzón de consultas
abierto a toda la ciudadanía ( https://www.comunidad.madrid/transparencia/quejas-y-reclamaciones ).
El beneficiario cumplirá con las obligaciones de publicidad y difusión establecidas en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021 y deberá adoptar medidas de información, comunicación y visibilidad de las actuaciones financiadas (banners en
webs, aplicaciones informáticas, carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, anuncio e inserciones en prensa, certificados, etc.), incluyendo los siguientes logos:
1. Emblema de la Unión Europea que incluirá el texto: “Financiado por la
Unión Europea–Next Generation UE”. Se tendrán en cuenta las normas grá-
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