D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241112-26)
Convenio – Convenio de 28 de octubre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la empresa Altacus Investments, S. A. U., por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe estimado de 16.056.751,30 euros, para la promoción de 400 viviendas previstas de nueva construcción energéticamente eficientes destinadas al alquiler a precio asequible en el marco del C02.I02.P02.S19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-Eu
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BOCM
Pág. 148
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 270
ANEXO I
PRINCIPIOS TRANSVERSALES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
Serán aplicables al presente Convenio todos los principios transversales del PRTR contenidos en
sus normas de desarrollo dentro de los cuales se encuentran los siguientes parámetros específicos
a cumplir:
Hitos y Objetivos.
El presente Convenio apoyará específicamente con 400 viviendas finalizadas en el segundo
trimestre de 2026 el cumplimiento del Objetivo Nº 31 del CID: 20.000 nuevas viviendas construidas
en el segundo trimestre de 2026 para alquiler social o a precios asequibles que cumplan los criterios
marcados de eficiencia energética.
-
Los edificios que se construyan deberán tener un consumo de energía primaria no
renovable inferior a los valores límite incluidos en la tabla 60.1, en función de la zona
climática en la que se ubique el edificio, según la clasificación climática del Código Técnico
de la Edificación. Estos valores límite suponen una reducción del 20 % con respecto a los
establecidos en la sección HE0 del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del
CTE, para edificios nuevos destinados a uso residencial vivienda.
-
El proyecto de los edificios incluirá un estudio de gestión de residuos de construcción y
demolición que se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de
residuos de construcción y demolición, conforme a lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos
de construcción y demolición, donde se cumplirán las siguientes condiciones: 1.º Al menos
el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluyendo
el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos
establecida por la Decisión 2000/532 /EC) generados en el sitio de construcción se
preparará para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las
operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con
la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición
de la UE. 2.º Los operadores deberán limitar la generación de residuos en los procesos
relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión
de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores
técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y
manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta
calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de
clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición. Asimismo, se
establecerá que la demolición se lleve a cabo preferiblemente de forma selectiva y la
clasificación se realizará de forma preferente en el lugar de generación de los residuos.
-
Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad y, en
particular, demostrarán, con referencia a la ISO 20887 u otras normas para evaluar la
capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo están diseñados para ser
más eficientes en el uso de recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir
la reutilización y reciclaje
Etiquetado verde y digital.
Se deben incluir los porcentajes de contribución del proyecto al etiquetado verde y digital,
que deben apoyar a los objetivos climáticos y medioambientales, siendo el campo de
intervención el 025ter, el coef. clima del 40% y el coef. medioambiental del 40%.
Compromiso en la lucha contra el fraude.
Las actuaciones cumplirán la normativa europea, nacional y autonómica aplicable y, en
particular, los aspectos recogidos en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (MRR), relativos a evitar el fraude, la corrupción, el conflicto de intereses y la
doble financiación, y estarán sujetas a los controles de la Comisión Europea, de la Oficina
BOCM-20241112-26
DNSH.
Para el cumplimiento de este Convenio, la actuación no debe causar perjuicio significativo a los
objetivos medioambientales del PRTR, cumpliendo específicamente:
Pág. 148
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 270
ANEXO I
PRINCIPIOS TRANSVERSALES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
Serán aplicables al presente Convenio todos los principios transversales del PRTR contenidos en
sus normas de desarrollo dentro de los cuales se encuentran los siguientes parámetros específicos
a cumplir:
Hitos y Objetivos.
El presente Convenio apoyará específicamente con 400 viviendas finalizadas en el segundo
trimestre de 2026 el cumplimiento del Objetivo Nº 31 del CID: 20.000 nuevas viviendas construidas
en el segundo trimestre de 2026 para alquiler social o a precios asequibles que cumplan los criterios
marcados de eficiencia energética.
-
Los edificios que se construyan deberán tener un consumo de energía primaria no
renovable inferior a los valores límite incluidos en la tabla 60.1, en función de la zona
climática en la que se ubique el edificio, según la clasificación climática del Código Técnico
de la Edificación. Estos valores límite suponen una reducción del 20 % con respecto a los
establecidos en la sección HE0 del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del
CTE, para edificios nuevos destinados a uso residencial vivienda.
-
El proyecto de los edificios incluirá un estudio de gestión de residuos de construcción y
demolición que se desarrollará posteriormente en el correspondiente plan de gestión de
residuos de construcción y demolición, conforme a lo establecido en el Real Decreto
105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos
de construcción y demolición, donde se cumplirán las siguientes condiciones: 1.º Al menos
el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluyendo
el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos
establecida por la Decisión 2000/532 /EC) generados en el sitio de construcción se
preparará para su reutilización, reciclaje y recuperación de otros materiales, incluidas las
operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros materiales, de acuerdo con
la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de construcción y demolición
de la UE. 2.º Los operadores deberán limitar la generación de residuos en los procesos
relacionados con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión
de residuos de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores
técnicas disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y
manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta
calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de
clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición. Asimismo, se
establecerá que la demolición se lleve a cabo preferiblemente de forma selectiva y la
clasificación se realizará de forma preferente en el lugar de generación de los residuos.
-
Los diseños de los edificios y las técnicas de construcción apoyarán la circularidad y, en
particular, demostrarán, con referencia a la ISO 20887 u otras normas para evaluar la
capacidad de desmontaje o adaptabilidad de los edificios, cómo están diseñados para ser
más eficientes en el uso de recursos, adaptables, flexibles y desmontables para permitir
la reutilización y reciclaje
Etiquetado verde y digital.
Se deben incluir los porcentajes de contribución del proyecto al etiquetado verde y digital,
que deben apoyar a los objetivos climáticos y medioambientales, siendo el campo de
intervención el 025ter, el coef. clima del 40% y el coef. medioambiental del 40%.
Compromiso en la lucha contra el fraude.
Las actuaciones cumplirán la normativa europea, nacional y autonómica aplicable y, en
particular, los aspectos recogidos en el Reglamento del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia (MRR), relativos a evitar el fraude, la corrupción, el conflicto de intereses y la
doble financiación, y estarán sujetas a los controles de la Comisión Europea, de la Oficina
BOCM-20241112-26
DNSH.
Para el cumplimiento de este Convenio, la actuación no debe causar perjuicio significativo a los
objetivos medioambientales del PRTR, cumpliendo específicamente: