D) Anuncios - CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS (BOCM-20241112-26)
Convenio –  Convenio de 28 de octubre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras y la empresa Altacus Investments, S. A. U., por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe estimado de 16.056.751,30 euros, para la promoción de 400 viviendas previstas de nueva construcción energéticamente eficientes destinadas al alquiler a precio asequible en el marco del C02.I02.P02.S19 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-Eu
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 270

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Vivienda,Transportes e Infraestructuras
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CONVENIO de 28 de octubre de 2024, entre la Consejería de Vivienda, Transportes e
Infraestructuras y la empresa Altacus Investments, S. A. U., por el que se instrumenta
la concesión directa de una subvención por importe estimado de 16.056.751,30 euros,
para la promoción de 400 viviendas previstas de nueva construcción energéticamente eficientes destinadas al alquiler a precio asequible en el marco del C02.I02.P02.S19
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión
Europea, Next-Generation-Eu.
REUNIDOS

De una parte, D. Jorge Rodrigo Domínguez, Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, nombrado por Decreto 41/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid y en ejercicio de
las funciones conferidas en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y en el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la
Comunidad de Madrid.
De otra parte, D. David Pablo Botín Cociña, con DNI ***1188**, en representación
de Altacus Investments, S. A. U. empresa concesionaria del Lote 1 del expediente número CD/NG-01/2023, formalizada en documento administrativo con fecha 18 de julio de 2024,
autorizada por el Notario del Ilustre Colegio de Madrid D. Francisco-Javier Monedero San
Martín, el día 9 de julio de 2024, con el número 2.647 de su protocolo.
Las partes, actuando con la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad
para la suscripción del presente convenio, y en virtud de las facultades que tienen conferidas,
EXPONEN
Primero
La Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid
ostenta, entre sus competencias y fines, el desarrollo, control y seguimiento de planes y programas de vivienda, así como la coordinación y colaboración con organismos y entidades
públicos y privados en orden a la puesta en práctica de las previsiones y financiación de dichos planes y programas, de conformidad con lo establecido en el artículo 148.1.3 de la
Constitución Española, y en el artículo 26.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad
de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero.

Dentro del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021,
España aprueba el Plan Estatal de Recuperación, Transformación y Resiliencia mediante Acuerdo del Consejo de Ministros, de 27 de abril de 2021, regulado en el Real Decreto Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por la que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, para hacer frente a la crisis derivada de la Covid-19 y en
el contexto del instrumento de Recuperación NextGeneration-EU, incluye un Componente 2 en el que se fomenta el impulso de las actuaciones de rehabilitación y mejora del
parque edificatorio, así como la construcción de vivienda en alquiler social o asequible
con estándares de la máxima calidad y eficiencia energética. El Componente 2 no sólo
busca dar una solución estructural al problema de la insuficiencia de un parque de vivienda social amplio, asequible y eficiente, sino que además se pretende implicar al sector empresarial en actuaciones de incremento de la oferta de vivienda en alquiler a pre-

BOCM-20241112-26

Segundo