Daganzo de Arriba (BOCM-20241111-64)
Régimen económico. Ordenanza cuota tributaria IBI
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 190
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 269
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
DAGANZO DE ARRIBA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241111-64
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de octubre de 2024, acordó la modificación de la Ordenanza F-1 Reguladora de la determinación
de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública
por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan
examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 30 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente (firmado).
(03/17.762/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 190
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LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 269
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BOCM-20241111-64
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión ordinaria celebrada el día 9 de octubre de 2024, acordó la modificación de la Ordenanza F-1 Reguladora de la determinación
de la cuota tributaria del impuesto sobre bienes inmuebles.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública
por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan
examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 30 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente (firmado).
(03/17.762/24)
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ISSN 1989-4791