Villalbilla (BOCM-20241111-88)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 269
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88
VILLALBILLA
Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 25 de octubre de 2024, por la que se convocan las ayudas económicas para deportistas individuales del Ayuntamiento de Villalbilla.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( www.infosubvenciones.es ) y en la página web del Ayuntamiento de Villalbilla,
https://aytovillalbilla.sedelectronica.es/transparency/3b992256-757c-4e69-b389-9f5042d29e53/
El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 794123
Objeto de la subvención.—En concreto, estas becas se convocan para apoyar a deportistas individuales que estén empadronados en el municipio de Villalbilla, como medio de
apoyar y promover el deporte de competición en nuestra localidad y, de esta forma, conseguir logros deportivos para el municipio de Villalbilla. Se considera deporte de carácter individual todo aquel deporte que, en función de su reglamentación, sea practicado por uno o
dos deportistas como máximo.
Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de las becas las personas físicas de nacionalidad española que sean deportistas federados, de cualquier categoría, exclusivamente en la
modalidad de deporte individual, que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Tener una edad comprendida en el rango de 8 años a 30 años. Dicha edad deberá
poseerse el último día del plazo de presentación de solicitudes.
b) Estar empadronado en el municipio de Villalbilla con una antigüedad mínima de
dos años, computándose los años que se establezcan de forma consecutiva al año
en que se realice la solicitud.
c) Estar en posesión de una licencia federativa expedida por la Federación deportiva
que corresponda, estando ésta vigente para el año en curso en que se realice la solicitud. Se deberá demostrar que en los dos años anteriores también estaba en posesión de la misma.
d) Acreditar nivel deportivo en la especialidad, por lo menos, en los dos años anteriores a la solicitud, y tener proyección de futuro.
e) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la
Agencia Tributaria estatal, el Ayuntamiento de Villalbilla y la Seguridad Social.
f) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa
en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.
g) No estar incurso en causa de exclusión o prohibición para obtener la condición de
beneficiario de subvenciones (artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
de Subvenciones).
Aspectos generales.—1. El procedimiento de concesión de las becas para deportistas
individuales objeto de la presente convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva.
Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes para la obtención de una beca
se deberán presentar obligatoriamente en el modelo oficial establecido, con destino al servicio de Deportes, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de
la publicación de la convocatoria correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Pago de la beca.—1. El pago de las becas tendrá carácter anticipado, realizándose
antes del inicio de la temporada deportiva correspondiente a cada convocatoria.
Justificación de la beca.—1. Las personas beneficiarias de las becas vendrán obligadas a justificar documentalmente el cumplimiento de las condiciones, debiendo presentar
la siguiente documentación justificativa antes del 30 noviembre 2025.
BOCM-20241111-88
RÉGIMEN ECONÓMICO
Pág. 222
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 269
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88
VILLALBILLA
Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 25 de octubre de 2024, por la que se convocan las ayudas económicas para deportistas individuales del Ayuntamiento de Villalbilla.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
( www.infosubvenciones.es ) y en la página web del Ayuntamiento de Villalbilla,
https://aytovillalbilla.sedelectronica.es/transparency/3b992256-757c-4e69-b389-9f5042d29e53/
El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 794123
Objeto de la subvención.—En concreto, estas becas se convocan para apoyar a deportistas individuales que estén empadronados en el municipio de Villalbilla, como medio de
apoyar y promover el deporte de competición en nuestra localidad y, de esta forma, conseguir logros deportivos para el municipio de Villalbilla. Se considera deporte de carácter individual todo aquel deporte que, en función de su reglamentación, sea practicado por uno o
dos deportistas como máximo.
Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de las becas las personas físicas de nacionalidad española que sean deportistas federados, de cualquier categoría, exclusivamente en la
modalidad de deporte individual, que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Tener una edad comprendida en el rango de 8 años a 30 años. Dicha edad deberá
poseerse el último día del plazo de presentación de solicitudes.
b) Estar empadronado en el municipio de Villalbilla con una antigüedad mínima de
dos años, computándose los años que se establezcan de forma consecutiva al año
en que se realice la solicitud.
c) Estar en posesión de una licencia federativa expedida por la Federación deportiva
que corresponda, estando ésta vigente para el año en curso en que se realice la solicitud. Se deberá demostrar que en los dos años anteriores también estaba en posesión de la misma.
d) Acreditar nivel deportivo en la especialidad, por lo menos, en los dos años anteriores a la solicitud, y tener proyección de futuro.
e) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la
Agencia Tributaria estatal, el Ayuntamiento de Villalbilla y la Seguridad Social.
f) No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa
en materia deportiva, calificada como grave o muy grave.
g) No estar incurso en causa de exclusión o prohibición para obtener la condición de
beneficiario de subvenciones (artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
de Subvenciones).
Aspectos generales.—1. El procedimiento de concesión de las becas para deportistas
individuales objeto de la presente convocatoria se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva.
Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes para la obtención de una beca
se deberán presentar obligatoriamente en el modelo oficial establecido, con destino al servicio de Deportes, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de
la publicación de la convocatoria correspondiente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si el último día del plazo fuese inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Pago de la beca.—1. El pago de las becas tendrá carácter anticipado, realizándose
antes del inicio de la temporada deportiva correspondiente a cada convocatoria.
Justificación de la beca.—1. Las personas beneficiarias de las becas vendrán obligadas a justificar documentalmente el cumplimiento de las condiciones, debiendo presentar
la siguiente documentación justificativa antes del 30 noviembre 2025.
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