Daganzo de Arriba (BOCM-20241111-63)
Organización y funcionamiento. Ordenanza incremento valor terrenos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 269
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 189
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
DAGANZO DE ARRIBA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20241111-63
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión extraordinaria celebrada, el día 9 de
octubre de 2024, acordó la modificación de la Ordenanza F-4 reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública
por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan
examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 30 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente (firmado).
(03/17.765/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 269
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LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2024
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AYUNTAMIENTO DE
63
DAGANZO DE ARRIBA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
BOCM-20241111-63
El Pleno del Ayuntamiento de Daganzo, en sesión extraordinaria celebrada, el día 9 de
octubre de 2024, acordó la modificación de la Ordenanza F-4 reguladora del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, se somete el expediente a información pública
por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan
examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Lo que se hace público a los efectos legales establecidos.
Daganzo de Arriba, a 30 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente (firmado).
(03/17.765/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791