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Convenio –  Convenio de 28 de octubre de 2024, de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Europea del Film de Animación-Cartoon, para la celebración del evento denominado Cartoon Springboard 2024 en Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 269

Madrid en 2024, se imputarán al subconcepto 28000 (Promoción de las Artes Escénicas y
de la Música) del programa 334A (Promoción y Difusión Cultural) del vigente presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid.
Esta aportación se hará efectiva con posterioridad a la realización del evento, una vez
recibida la documentación que se señala en la Cláusula Quinta de este convenio y que acredite la ejecución de las actividades objeto del presente convenio.
La autorización de disposición de fondos por parte de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, para autorizar el Plan de Disposición de Fondos individualizado previsto del proyecto de convenio, no
es necesaria, en virtud de la Orden de 20 de marzo de 2024, de la Consejería de Economía,
Hacienda y empleo, por la que se aprueba el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid para el año 2024, que establece que no será precisa autorización de la Dirección General de Política Financiera y Tesorería de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, para aquellos convenios financiados con cargo a los créditos del capítulo II de los Presupuestos de Gastos de la Comunidad de Madrid cuya cuantía no exceda de 300.000 euros, caso en el que se incluye el
presente convenio.
Quinta
Justificación de los gastos
La gestión, justificación y resto de actuaciones relacionadas con los gastos derivados
del presente convenio en relación a los compromisos financieros de la Comunidad de
Madrid se ajustarán a lo dispuesto en la legislación presupuestaria.
Cartoon, aportará una Memoria explicativa de las actuaciones llevadas a cabo en la
ejecución del convenio en su conjunto, con detalle de su componente económico, así como
una evaluación de los resultados obtenidos mediante su desarrollo.
Los gastos realizados por Cartoon, en el desarrollo del convenio se justificarán mediante una certificación detallada, suscrita por persona con poder suficiente, de la totalidad del gasto derivado de las actividades previstas en este convenio, adjuntando las facturas o documentos justificativos del gasto comprometido por la Comunidad de Madrid,
antes del 1 de diciembre de 2024.
A este respecto, los gastos a justificar mediante aportación de facturas y justificantes
de gasto, corresponderán a las partidas previstas en el presente convenio vinculadas al desarrollo del Cartoon Sringboard en su edición de 2024 en Madrid, dentro del límite de la
aportación comprometida para ello por la Comunidad de Madrid, ajustándose a las partidas
recogidas en el anexo 1 del presente convenio.
Con carácter previo al pago, la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte deberá certificar que las actuaciones y costes
justificados se ajustan a lo previsto en el presente convenio.
Sexta
Se creará una comisión mixta paritaria de vigilancia, control y seguimiento que, resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de
adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudiesen producir.
En tal sentido, la Comisión ante circunstancias sobrevenidas, podrá adecuar las acciones previstas dentro del marco estricto del convenio. Del mismo modo, para su correcta ejecución podrá acordar ajustes económicos, los cuales no podrán en ningún caso suponer un
incremento en la cuantía de la aportación de la Comunidad de Madrid comprometida mediante el presente convenio.
Dicha comisión estará integrada por dos representantes de Cartoon y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.
Ejercerá las funciones de Presidente de esta comisión, el titular de la Dirección General
de Cultura e Industrias Creativas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, o persona
en quien delegue, y de Secretario, con voz, pero sin voto, un funcionario adscrito a la misma.
El funcionamiento de dicha Comisión Mixta, se regulará por lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

BOCM-20241111-44

Comisión de seguimiento