C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20241111-20)
Concesión subvenciones –  Resolución de 25 de octubre de 2024, del Director General de Cultura e Industrias Creativas, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas sin promover concurrencia por este órgano
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 269

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2024, del Director General de Cultura e Industrias Creativas, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas sin promover concurrencia por este órgano.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 10/2019, de 10 de abril,
de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, se procede a publicar las subvenciones concedidas sin promover concurrencia por la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas:
I

BOCM-20241111-20

Beneficiario: Asociación de Creadores de Moda de España (ACME).
— Importe: 400.000 euros.
— Regulación: Ley 15/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para el año 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID de 29 de diciembre) y Orden 1972/2024, de 25 de octubre, por la que
se concede una subvención nominativa a la Asociación de Creadores de Moda de
España (ACME).
— Destino: Actividades que la Asociación de Creadores de Moda de España y sus
asociados lleven a cabo, destinadas a conseguir una mejora de las colecciones de
sus miembros que se muestren en 2024 en las pasarelas madrileñas y otras actuaciones dirigidas a la promoción internacional de la moda.
— Motivación: La promoción de actividades de la cultura: artes escénicas, musicales, cinematográficas y artes visuales y la moda como disciplina creativa.
— Período subvencionable: Año natural 2024.
— Publicidad: El órgano concedente dará publicidad a la subvención a través de la
Base de Datos Nacional de Subvenciones.
— Pagos: La subvención se abonará mediante un primer pago anticipado, correspondiente al 50 % del importe, durante el primer semestre del año y, un segundo pago
anticipado, del 50 % restante, durante el segundo semestre del año 2024, de conformidad con el plan de disposición de fondos específico autorizado por la Dirección General de Política Financiera y Tesorería de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de fecha 10 de abril de 2024.
— Justificación: Plazo máximo 31 de enero de 2025.
En Madrid, a 25 de octubre de 2024.—El Director General de Cultura e Industrias
Creativas, Gonzalo Cabrera Martín.
(03/17.605/24)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791