Bustarviejo (BOCM-20241108-62)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 267
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 8 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 245
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241108-62
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de
modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción
mecánica que se detalla a continuación, el Pleno de esta entidad, en sesión ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2024, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se convoca por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción
de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Bustarviejo, a 29 de octubre de 2024.—La alcaldesa, Tanausu Luis Perera.
(03/17.689/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 267
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VIERNES 8 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 245
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AYUNTAMIENTO DE
62
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241108-62
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de
modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción
mecánica que se detalla a continuación, el Pleno de esta entidad, en sesión ordinaria celebrada el 25 de octubre de 2024, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se convoca por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción
de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen
oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier persona interesada en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Bustarviejo, a 29 de octubre de 2024.—La alcaldesa, Tanausu Luis Perera.
(03/17.689/24)
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ISSN 1989-4791