B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR - Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (BOCM-20241108-11)
Convocatoria pruebas deportivas – Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad, por la que se convocan pruebas deportivas dirigidas a la comprobación del mantenimiento de una adecuada aptitud física de los policías locales de la Comunidad de Madrid para el año 2024
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 104
VIERNES 8 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 267
Séptimo
Condiciones de participación en las pruebas físicas
a) La participación en las pruebas no conllevará tasa, precio o coste económico alguno para los integrantes de los cuerpos de policía local.
b) Los alumnos deberán asistir a la sesión para la que hayan sido seleccionados vistiendo el equipamiento deportivo adecuado.
c) El participante seleccionado podrá comunicar su renuncia al menos con ocho días
hábiles de antelación al inicio de las pruebas, de no hacerlo, la inasistencia, baja o
renuncia, fuera del plazo indicado, motivará la exclusión del alumno seleccionado para la realización de las sucesivas pruebas deportivas dirigidas a la comprobación del mantenimiento de una adecuada aptitud física de los policías locales de
la Comunidad de Madrid que se celebren durante el año 2023 y 2024.
Octavo
Régimen interior
La ejecución de las pruebas deportivas convocadas por la presente resolución se ajustará a la legislación vigente siendo de aplicación el Reglamento de Régimen Docente de la
extinta Academia de Policía Local en todo aquello que no se oponga a la Ley 1/2018, de 22
de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y salvo en
aquellos apartados del Reglamento que se refieran a aspectos organizativos derivados de la
propia estructura de la extinta Academia.
Queda expresamente prohibido salvo por parte de la organización la realización, toma
o grabación de vídeos y fotografías durante el tiempo del desarrollo de las pruebas. El incumplimiento de dicho punto llevará a cabo la inmediata retirada de dorsal y finalización
de las pruebas con resultado de “no apto”.
Pozuelo de Alarcón, a 22 de octubre de 2024.—El Director General de Seguridad, Luis
Miguel González Morato.
ANEXO I
Para la obtención del correspondiente certificado, los participantes deberán superar las
pruebas establecidas en estas bases.
Se establecen nueve tramos de edad de los participantes, siendo:
Hasta los 25 años.
De 26 a 30 años.
De 31 a 35 años.
De 36 a 40 años.
De 41 a 45 años.
De 46 a 50 años.
De 51 a 55 años.
De 56 a 60 años.
De 61 a 65 años.
Las edades se considerarán teniendo en cuenta los años en el momento en que se realicen las pruebas.
La prueba estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos
tendrán carácter obligatorio y eliminatorio, siendo condición indispensable alcanzar la marca mínima fijada en cada prueba para pasar a la siguiente.
Las marcas que han de regir las pruebas son las que figuran en el Anexo 2 de la presente resolución.
—
—
—
—
—
Natación 25 metros, estilo libre.
Carrera de velocidad 60 metros.
Lanzamiento de balón medicinal
Salto de longitud desde parado.
Carrera de resistencia 800 metros.
BOCM-20241108-11
A.
B.
C.
D.
E.
F.
G.
H.
I.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 104
VIERNES 8 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 267
Séptimo
Condiciones de participación en las pruebas físicas
a) La participación en las pruebas no conllevará tasa, precio o coste económico alguno para los integrantes de los cuerpos de policía local.
b) Los alumnos deberán asistir a la sesión para la que hayan sido seleccionados vistiendo el equipamiento deportivo adecuado.
c) El participante seleccionado podrá comunicar su renuncia al menos con ocho días
hábiles de antelación al inicio de las pruebas, de no hacerlo, la inasistencia, baja o
renuncia, fuera del plazo indicado, motivará la exclusión del alumno seleccionado para la realización de las sucesivas pruebas deportivas dirigidas a la comprobación del mantenimiento de una adecuada aptitud física de los policías locales de
la Comunidad de Madrid que se celebren durante el año 2023 y 2024.
Octavo
Régimen interior
La ejecución de las pruebas deportivas convocadas por la presente resolución se ajustará a la legislación vigente siendo de aplicación el Reglamento de Régimen Docente de la
extinta Academia de Policía Local en todo aquello que no se oponga a la Ley 1/2018, de 22
de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y salvo en
aquellos apartados del Reglamento que se refieran a aspectos organizativos derivados de la
propia estructura de la extinta Academia.
Queda expresamente prohibido salvo por parte de la organización la realización, toma
o grabación de vídeos y fotografías durante el tiempo del desarrollo de las pruebas. El incumplimiento de dicho punto llevará a cabo la inmediata retirada de dorsal y finalización
de las pruebas con resultado de “no apto”.
Pozuelo de Alarcón, a 22 de octubre de 2024.—El Director General de Seguridad, Luis
Miguel González Morato.
ANEXO I
Para la obtención del correspondiente certificado, los participantes deberán superar las
pruebas establecidas en estas bases.
Se establecen nueve tramos de edad de los participantes, siendo:
Hasta los 25 años.
De 26 a 30 años.
De 31 a 35 años.
De 36 a 40 años.
De 41 a 45 años.
De 46 a 50 años.
De 51 a 55 años.
De 56 a 60 años.
De 61 a 65 años.
Las edades se considerarán teniendo en cuenta los años en el momento en que se realicen las pruebas.
La prueba estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos ellos
tendrán carácter obligatorio y eliminatorio, siendo condición indispensable alcanzar la marca mínima fijada en cada prueba para pasar a la siguiente.
Las marcas que han de regir las pruebas son las que figuran en el Anexo 2 de la presente resolución.
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Natación 25 metros, estilo libre.
Carrera de velocidad 60 metros.
Lanzamiento de balón medicinal
Salto de longitud desde parado.
Carrera de resistencia 800 metros.
BOCM-20241108-11
A.
B.
C.
D.
E.
F.
G.
H.
I.