D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20241108-49)
Convenio –  Acuerdo de 25 de octubre de 2024, de prórroga del convenio de 28 de octubre de 2020 de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad) y la Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso del Vehículo Eléctrico y Empresas de Movilidad Compartida, para la concesión de incentivos para el fomento de la movilidad sostenible
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 267

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 8 DE NOVIEMBRE DE 2024

Pág. 209

Comparecen y, en nombre y representación de las entidades arriba indicadas, se reconocen con capacidad legal para suscribir el presente acuerdo de prórroga de convenio, a
cuyo efecto
EXPONEN
Primero
El 28 de octubre de 2020 la Comunidad de Madrid, a través de la extinta Consejería
de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad (actualmente, Consejería de
Medio Ambiente, Agricultura e Interior) suscribió con AEDIVE y otras empresas que prestan servicios consolidados de movilidad compartida en diferentes municipios de la Comunidad de Madrid, un convenio de colaboración con el objeto de promover una movilidad
más sostenible, fomentando la utilización del vehículo compartido con etiqueta cero emisiones, mediante acciones de información a la ciudadanía y de acceso a dichos vehículos a
través de un bono ambiental de movilidad cero emisiones para el uso de los servicios de
carsharing y motosharing cero emisiones.
Segundo
La cláusula novena del convenio contempla que empresas distintas a las que originalmente firmaron el convenio puedan adherirse al mismo, a través del procedimiento allí indicado y cumpliendo los requisitos allí citados. De acuerdo a esta previsión, diversas empresas
se han adherido al convenio con posterioridad a la firma del mismo, siendo actualmente partes firmantes a todos los efectos.
Tercero
La cláusula décima del convenio contempla que el mismo tendrá una vigencia de cuatro años, a partir de su fecha de firma, con posibilidad de prorrogarlo por acuerdo unánime
de las partes por un período equivalente, que deberá ser formalizado antes de que finalice su
plazo de vigencia, de conformidad con el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto
Las partes consideran que la ejecución del convenio ha tenido efectos positivos, por lo
que de acuerdo a lo estipulado en la cláusula Décima y por acuerdo unánime de las partes se
acuerda prorrogar la vigencia del mismo por otros cuatro años, hasta el 28 de octubre de 2028.
En consecuencia, las partes suscriben el presente acuerdo de prórroga expresa del convenio, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULA
Las partes acuerdan la prórroga del convenio por un período de cuatro años, hasta
el 28 de octubre de 2028.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede las partes suscribes el presente
acuerdo, considerando que su fecha es la correspondiente a la firma del representante de la
Comunidad de Madrid.
Madrid, a 25 de octubre de 2024.—Por la Asociación Empresarial para el Desarrollo
e Impulso de la Movilidad Eléctrica, Adriano Monés Bayo.—Por Cooltra Motosharing,
S. L. U., Javier Gallarza Cuartero.—Por Car Sharing Mobility Services, Rosa María Campos Sánchez.—Por Free2move Iberia, S. A. U., Juan Miguel Barquilla Martínez.—Por Wib
Advance Mobility, S. L., Alberto Gómez Platero.—Por Acciona Mobility, S. A., Cristina Martínez de Bartolomé Izquierdo y Marc Camarasa Figueres.—Por Mutuamad Sharing, S. L. U.,
Ernesto Mateo Hernández.—Por Goto Global Mobility Spain, S. L. U., Diego Cuenca González y Carlos Javier Reina Pérez-Lescure.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Carlos Novillo Piris.
(03/17.553/24)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20241108-49

Única