Perales de Tajuña (BOCM-20241107-47)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 133
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
PERALES DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241107-47
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
la prestación del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos por
acuerdo del Pleno de fecha 4 de noviembre de 2024, de conformidad con los artículos 49 y
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo
de treinta días a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar
las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo, podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de la ordenanza municipal estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento ( http://www.ayto-peralestajuna.org ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de modificación de la mencionada ordenanza sin necesidad de
acuerdo expreso.
Perales de Tajuña, a 5 de noviembre de 2024.—El secretario-interventor, Gonzalo
Palacio Sánchez.
(03/18.044/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 266
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Pág. 133
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
47
PERALES DE TAJUÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241107-47
Aprobada inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por
la prestación del servicio de recogida y tratamiento de basuras y residuos sólidos urbanos por
acuerdo del Pleno de fecha 4 de noviembre de 2024, de conformidad con los artículos 49 y
70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo
de treinta días a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para que pueda ser examinada y presentar
las reclamaciones que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo, podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales, para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de la ordenanza municipal estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento ( http://www.ayto-peralestajuna.org ).
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de modificación de la mencionada ordenanza sin necesidad de
acuerdo expreso.
Perales de Tajuña, a 5 de noviembre de 2024.—El secretario-interventor, Gonzalo
Palacio Sánchez.
(03/18.044/24)
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ISSN 1989-4791