C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241107-6)
Concesión premios –  Orden 4719/2024, de 24 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se conceden los premios extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2023-2024
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 40

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 7 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 266

4. Quienes obtengan Premio Extraordinario de Educación Secundaria Obligatoria de
la Comunidad de Madrid, previa inscripción y siguiendo las condiciones que establezca la
normativa de aplicación, podrán optar a los Premios Nacionales de Educación Secundaria
Obligatoria, de cuya convocatoria recibirán la debida información por parte de la consejería competente en materia de Educación.
5. Los alumnos que obtengan el Premio Extraordinario de Educación Secundaria
Obligatoria de la Comunidad de Madrid recibirán un diploma acreditativo de tal distinción.
Tercero
Obligaciones del beneficiario
Las obligaciones del beneficiario serán las establecidas en el dispongo decimocuarto
de la Orden 2141/2024, de 14 de mayo.
Cuarto
Ceremonia de entrega de los Premios
La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza hará pública, cuando
corresponda, la fecha, hora y lugar de la ceremonia de entrega de los Premios.
Quinto
Recursos
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, Ciencia
y Universidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime
oportuno deducir.
Madrid, a 24 de octubre de 2024.

BOCM-20241107-6

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO