Boadilla del Monte (BOCM-20241106-53)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 174
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 265
BOCM-20241106-53
B. Ayudas por manutención:
b.1)
General: hasta 350 euros anuales de manutención hasta que el menor cumpla
los tres años.
b.2.) 1) Familia numerosa y/o monoparentales*: hasta 700 euros anuales de manutención del menor de tres años en caso de que el nacimiento o adopción suponga la adquisición o ya se tenga la condición de familia numerosa por la
unidad familiar.
b.2.) 2) Familia numerosa especial: hasta 1.000 euros anuales de manutención del
menor de tres años en caso de que el nacimiento o adopción suponga la adquisición o ya se tenga la condición de familia numerosa especial por la unidad familiar.
b.3)
Diversidad funcional: hasta 1.000 euros anuales de manutención en caso de
concurrir minusvalía en el menor susceptible en grado superior o igual al 33 %,
hasta que el menor cumpla los tres años.
b.4)
En los supuestos donde concurran la situación de diversidad funcional y del título de familia numerosa por la unidad familiar, se realizará un pago único de
hasta 1.500 euros. Las ayudas por manutención para los nacimientos de 2020
a 2023 se prorratearán por meses vencidos. En el caso de las adopciones, se
computarán los tres años posteriores a la fecha de la resolución de esta.
En la presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 06.2311.48003 del presupuesto general municipal del ejercicio 2024, por importe total
máximo de 500.000,00 euros, concretándose las cuantías en función del número de solicitudes concedidas.
Quinto. Plazo de solicitud.—Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de
quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de quince días
hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se habilita la presentación telemática y semipresencial a través de la página web:
https://ayuntamientoboadilladelmonte.org/ ”.
Y para que así conste, y sea unido al expediente de su razón, expide la presente, con la
salvedad a que se refiere el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento
y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28
de noviembre, y a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, de orden y con el visto bueno del primer teniente de alcalde, don Jesús Egea Pascual, delegado de Coordinación (decreto de delegación número 2806/23, de 17 de junio) y
alcalde en funciones (decreto 3797/24 de 15 de octubre).
En Boadilla del Monte, a 18 de octubre de 2024.—La concejal-delegada de Cultura,
Familia, Infancia, Mujer y Mayores, María Ángeles Martínez Saco.
(03/17.484/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 174
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MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 265
BOCM-20241106-53
B. Ayudas por manutención:
b.1)
General: hasta 350 euros anuales de manutención hasta que el menor cumpla
los tres años.
b.2.) 1) Familia numerosa y/o monoparentales*: hasta 700 euros anuales de manutención del menor de tres años en caso de que el nacimiento o adopción suponga la adquisición o ya se tenga la condición de familia numerosa por la
unidad familiar.
b.2.) 2) Familia numerosa especial: hasta 1.000 euros anuales de manutención del
menor de tres años en caso de que el nacimiento o adopción suponga la adquisición o ya se tenga la condición de familia numerosa especial por la unidad familiar.
b.3)
Diversidad funcional: hasta 1.000 euros anuales de manutención en caso de
concurrir minusvalía en el menor susceptible en grado superior o igual al 33 %,
hasta que el menor cumpla los tres años.
b.4)
En los supuestos donde concurran la situación de diversidad funcional y del título de familia numerosa por la unidad familiar, se realizará un pago único de
hasta 1.500 euros. Las ayudas por manutención para los nacimientos de 2020
a 2023 se prorratearán por meses vencidos. En el caso de las adopciones, se
computarán los tres años posteriores a la fecha de la resolución de esta.
En la presente convocatoria se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 06.2311.48003 del presupuesto general municipal del ejercicio 2024, por importe total
máximo de 500.000,00 euros, concretándose las cuantías en función del número de solicitudes concedidas.
Quinto. Plazo de solicitud.—Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de
quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Sexto. Otros datos.—Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de quince días
hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se habilita la presentación telemática y semipresencial a través de la página web:
https://ayuntamientoboadilladelmonte.org/ ”.
Y para que así conste, y sea unido al expediente de su razón, expide la presente, con la
salvedad a que se refiere el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento
y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28
de noviembre, y a reserva de los términos que resulten de la aprobación del acta correspondiente, de orden y con el visto bueno del primer teniente de alcalde, don Jesús Egea Pascual, delegado de Coordinación (decreto de delegación número 2806/23, de 17 de junio) y
alcalde en funciones (decreto 3797/24 de 15 de octubre).
En Boadilla del Monte, a 18 de octubre de 2024.—La concejal-delegada de Cultura,
Familia, Infancia, Mujer y Mayores, María Ángeles Martínez Saco.
(03/17.484/24)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791