Meco (BOCM-20241106-67)
Ofertas de empleo. Bases proceso selectivo
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 265

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024

11.2. En el caso de constituirse, dicha Lista de espera sustituirá y dejará sin efecto a
cuantas listas de espera pudieran existir con anterioridad fruto de procesos selectivos de
Educador/a, Especialidad Educador de Centro de Educación Infantil, permaneciendo vigente hasta la formación de una nueva lista de espera que venga a sustituirla surgida a partir de un nuevo proceso selectivo.
11.3. El Órgano gestor de la Lista de espera será el Departamento de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Meco.
11.4. El orden de los/las candidatos/as será en función de la puntuación obtenida en
el proceso selectivo, de acuerdo con las calificaciones publicadas por el Tribunal.
El orden de los candidatos en la Lista de espera no se modificará, manteniéndose el
mismo puesto e idéntica puntuación durante todo el período de vigencia de la misma, sin
perjuicio de lo establecido en estas bases.
Cuando las necesidades del servicio así lo requieran, se procederá al llamamiento del
candidato/a de la Lista de espera de trabajo con mayor puntuación en la misma y por estricto orden.
Sin perjuicio de lo establecido para el procedimiento de urgencia, en la comunicación
de la propuesta, se utilizará cualquier procedimiento que garantice la constancia escrita o
electrónica de su recepción.
11.5. La propuesta de contrato se realizará en el correo electrónico que el candidato
Modelo normalizado de solicitud de admisión a pruebas selectivas del Ayuntamiento de
Meco. Además, podrá ser avisado mediante llamada telefónica.
Dispondrá de un plazo de veinticuatro (24) horas para responder al correo electrónico
aceptando o rehusando contratación. En caso de no responder dentro de las veinticuatro (24)
horas al correo electrónico, se entenderá por rechazado el contrato, sin perjuicio de continuar
con la citación telefónica del resto de los candidatos/as. En este caso, se procederá a realizar
la contratación al candidato/a siguiente en la lista y así sucesivamente hasta localizar a alguno disponible.
11.6. Como excepción a lo anterior, cuando exista urgencia en la contratación, se
procederá al llamamiento telefónico de los sucesivos candidatos/as hasta localizar uno disponible. Todos aquellos aspirantes que no hubieran sido localizados permanecerán en el
puesto que ocupaban en la Lista de espera a la espera de nuevo llamamiento.
11.7. A los/as candidatos/as que, debidamente notificados/as, comparezcan con retraso sobre la hora de citación, permanecer en la lista para futuras provisiones.
11.8. Si un/a candidato/a fuera notificado/a para ser contratado temporalmente, y
rehusase la propuesta sin mediar justificación o cuando existiendo causa justificada, no la
aportara en el plazo previsto en estas bases, será eliminado de la Lista de espera de esa categoría profesional.
Se entenderá que existe justificación cuando se acredite mediante el medio de prueba
adecuado a cada supuesto, en el plazo de tres (3) días naturales desde que se produce la oferta de contratación, por alguna de las siguientes situaciones:
a) Estar en situación de ocupado, prestando servicios en otras administraciones públicas. Deberá acreditarse a través de certificado de estar prestando servicios en
dicha administración.
b) Estar en situación de enfermedad, acreditada por certificado médico.
c) Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención
quirúrgica, internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada por facultativo que exija la lactancia natural de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la finalización
de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las Lista de esperas de Trabajo en que se encontrará la persona afectada.
d) Encontrarse en situación que diera lugar a alguno de los permisos incluidos en
los artículos 48 y 49 de la Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre;
salvo 48.b), 48.d) y 48.k).
e) Causa de fuerza mayor apreciada con tal carácter por el Órgano gestor.
11.9. Una vez finalizada la causa que da lugar a las situaciones relacionadas en este
apartado el candidato/a deberá comunicarlo en el plazo máximo de cinco (5) días naturales
al Órgano gestor, a través del correo electrónico recursoshumanos@ayto-meco.es , que hasta esta notificación mantendrá al candidato/a en la situación de “baja temporal” en la Lista
de espera, el fin de dicha situación. Si el candidato/a no realiza dicha notificación en el plazo indicado, se procederá a su exclusión definitiva de la Lista de espera.

Pág. 267

BOCM-20241106-67

BOCM