D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241106-40)
Convenio –  Convenio de colaboración de 23 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y Fundación “la Caixa”, para el desarrollo del programa de personas mayores durante los años 2024-2025
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 6 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 265

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
40

CONVENIO de colaboración de 23 de octubre de 2024, entre la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y
Fundación “la Caixa”, para el desarrollo del programa de personas mayores
durante los años 2024-2025.
En Madrid, a 23 de octubre de 2024.
REUNIDOS

De una parte, Dña. Ana Dávila-Ponce de León Municio, Excma. Sra. Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en virtud de su cargo y de las facultades que
le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de
junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
Y, de otra parte, Dña. Montserrat Buisán Gallardo, directora corporativa de Programas
Sociales de la Fundación Bancaria Caixa d’Estalvis i Pensions de Barcelona, “la Caixa” (en
adelante, Fundación “la Caixa”), actuando en nombre de la misma, domiciliada en Palma
(Islas Baleares), plaza de Weyler, número 3, y con NIF número G-58899998, actuando en
virtud de la escritura de otorgamiento de poder número de protocolo 1.896, de 5 de noviembre de 2020.
Ambas partes intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
MANIFIESTAN
I
De conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.23 de la Ley Orgánica 3/1983,
de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, La Comunidad
de Madrid, en los términos establecidos en el citado Estatuto, tiene competencia exclusiva en la promoción y ayuda a la tercera edad, y otros grupos sociales necesitados de especial atención, incluida la creación de centros de protección, reinserción y rehabilitación.
II

III
De conformidad con el artículo 17 del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales corresponden a la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia las atribuciones relativas a la coordinación y gestión, en su caso, de los servicios
y la prestación de la atención social de las personas mayores y de las personas dependientes
y, en particular, el impulso de mecanismos que garanticen la prevención y promoción de la
autonomía personal de las personas mayores.

BOCM-20241106-40

De conformidad con lo previsto en el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, el titular de la Consejería ejercerá las atribuciones que le otorga el
artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, y las demás disposiciones en vigor, correspondiéndole, como órgano superior de la Administración de la Comunidad de Madrid,
el desarrollo general, la coordinación, la dirección, ejecución y control de las políticas públicas del Gobierno, entre otros, en los ámbitos de servicios sociales, dependencia, mejora
de la calidad asistencial y de atención a personas usuarias de centros y servicios de acción
social y respecto, entre otros, de dependientes y personas mayores.