Humanes de Madrid (BOCM-20241105-71)
Régimen económico. Ordenanzas fiscales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 313
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
HUMANES DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241105-71
El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, en sesión plenaria de fecha 31 de octubre de 2024, ha acordado la modificación provisional de las ordenanzas fiscales siguientes, que surtirán efectos desde el 1 de enero de 2025.
1. Modificación de la ordenanza fiscal número 2.8, Reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en sus artículos 17
y siguientes y la disposición final.
2. Modificación de la ordenanza fiscal número 1.2, reguladora del impuesto sobre
bienes inmuebles en sus artículos 2.1 y 2.4.
3. Modificación de la ordenanza fiscal número 1.3, reguladora del impuesto sobre
vehículos de tracción mecánica en su artículo 6 y anexo de tarifas.
4. Modificación de la ordenanza fiscal número 2.6, Reguladora de la tasa por
prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos - basuras en su título, artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7.3, 8.3, disposición transitoria y final.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el presente acuerdo, junto con la nueva redacción de las
ordenanzas modificadas, se expondrán al público en el tablón de anuncios, alojado en la
Sede Electrónica de este Ayuntamiento, durante el plazo treinta días, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicha exposición al público se anunciará, además, en uno de
los diarios de mayor difusión de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, comenzando a contar el plazo para presentar reclamaciones a
partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la última publicación por los mencionados medios.
Humanes de Madrid, a 31 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente, Óscar Lalanne
Martínez de la Casa.
(03/17.849/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 313
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
71
HUMANES DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241105-71
El Pleno de la Corporación del Ayuntamiento de Humanes de Madrid, en sesión plenaria de fecha 31 de octubre de 2024, ha acordado la modificación provisional de las ordenanzas fiscales siguientes, que surtirán efectos desde el 1 de enero de 2025.
1. Modificación de la ordenanza fiscal número 2.8, Reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local en sus artículos 17
y siguientes y la disposición final.
2. Modificación de la ordenanza fiscal número 1.2, reguladora del impuesto sobre
bienes inmuebles en sus artículos 2.1 y 2.4.
3. Modificación de la ordenanza fiscal número 1.3, reguladora del impuesto sobre
vehículos de tracción mecánica en su artículo 6 y anexo de tarifas.
4. Modificación de la ordenanza fiscal número 2.6, Reguladora de la tasa por
prestación del servicio de recogida y tratamiento de residuos - basuras en su título, artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7.3, 8.3, disposición transitoria y final.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el presente acuerdo, junto con la nueva redacción de las
ordenanzas modificadas, se expondrán al público en el tablón de anuncios, alojado en la
Sede Electrónica de este Ayuntamiento, durante el plazo treinta días, a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, dicha exposición al público se anunciará, además, en uno de
los diarios de mayor difusión de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID, comenzando a contar el plazo para presentar reclamaciones a
partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la última publicación por los mencionados medios.
Humanes de Madrid, a 31 de octubre de 2024.—El alcalde-presidente, Óscar Lalanne
Martínez de la Casa.
(03/17.849/24)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791