Mejorada del Campo (BOCM-20241105-76)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 323
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
MEJORADA DEL CAMPO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241105-76
Este Ayuntamiento en Pleno, en su sesión ordinaria de 31 de octubre de 2024, acordó
aprobar provisionalmente:
1. La modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones,
instalaciones y obras.
2. La imposición y ordenación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el
mantenimiento del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos en Mejorada del Campo.
Por tanto, se someten dichos expedientes a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual las personas y entidades interesadas señaladas en el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán presentar reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 17.1 del citado texto legal.
Mejorada del Campo, a 31 de octubre de 2024 .—El concejal de Hacienda, Isidoro García Bravo, por delegación de la Alcaldía mediante Decreto número 1527/2023, de 20 de junio.
(03/17.832/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 323
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
76
MEJORADA DEL CAMPO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241105-76
Este Ayuntamiento en Pleno, en su sesión ordinaria de 31 de octubre de 2024, acordó
aprobar provisionalmente:
1. La modificación de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones,
instalaciones y obras.
2. La imposición y ordenación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por el
mantenimiento del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos en Mejorada del Campo.
Por tanto, se someten dichos expedientes a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual las personas y entidades interesadas señaladas en el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán presentar reclamaciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 17.1 del citado texto legal.
Mejorada del Campo, a 31 de octubre de 2024 .—El concejal de Hacienda, Isidoro García Bravo, por delegación de la Alcaldía mediante Decreto número 1527/2023, de 20 de junio.
(03/17.832/24)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791