Ciempozuelos (BOCM-20241105-62)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 264
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
Pág. 253
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241105-62
El Pleno del Ayuntamiento de Ciempozuelos, en sesión celebrada el 31 de octubre de 2024
adopto el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar provisionalmente la imposición y la ordenanza fiscal reguladora
de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, el expediente relativo a este acuerdo se somete a información pública por el plazo de
treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinarlo en las dependencias municipales y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido el plazo señalado no se hubiesen presentado reclamaciones, el presente acuerdo provisional de imposición de la tasa y su ordenanza fiscal reguladora quedará
elevado automáticamente a definitivo y entrara en vigor el día siguiente al de su publicación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Ciempozuelos, a 31 de octubre de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno
Pérez.
(03/17.851/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 253
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
CIEMPOZUELOS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241105-62
El Pleno del Ayuntamiento de Ciempozuelos, en sesión celebrada el 31 de octubre de 2024
adopto el siguiente acuerdo:
Primero.—Aprobar provisionalmente la imposición y la ordenanza fiscal reguladora
de la tasa por la prestación del servicio de recogida, transporte y tratamiento de residuos.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, el expediente relativo a este acuerdo se somete a información pública por el plazo de
treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinarlo en las dependencias municipales y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido el plazo señalado no se hubiesen presentado reclamaciones, el presente acuerdo provisional de imposición de la tasa y su ordenanza fiscal reguladora quedará
elevado automáticamente a definitivo y entrara en vigor el día siguiente al de su publicación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
En Ciempozuelos, a 31 de octubre de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno
Pérez.
(03/17.851/24)
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ISSN 1989-4791