Mejorada del Campo (BOCM-20241105-75)
Régimen económico. Modificación presupuestaria
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 322
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 264
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
MEJORADA DEL CAMPO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241105-75
En la Intervención de este Ayuntamiento y conforme disponen los artículos 38 del
RD 500/1990, 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 169 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, la modificación de créditos número 41/2024 crédito extraordinario y suplemento de crédito, aprobada por acuerdo plenario de 31 de octubre de 2024.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 169 del
TRLRHL citada y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir del
siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de Presentación: Registro General del Ayuntamiento de Mejorada del
Campo.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
Mejorada del Campo, a 31 de octubre de 2024.—El alcalde presidente, Jorge Capa Carralero.
(03/17.826/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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AYUNTAMIENTO DE
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MEJORADA DEL CAMPO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241105-75
En la Intervención de este Ayuntamiento y conforme disponen los artículos 38 del
RD 500/1990, 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 169 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, la modificación de créditos número 41/2024 crédito extraordinario y suplemento de crédito, aprobada por acuerdo plenario de 31 de octubre de 2024.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 169 del
TRLRHL citada y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir del
siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de Presentación: Registro General del Ayuntamiento de Mejorada del
Campo.
c) Órgano ante el que se reclama: Pleno del Ayuntamiento de Mejorada del Campo.
Mejorada del Campo, a 31 de octubre de 2024.—El alcalde presidente, Jorge Capa Carralero.
(03/17.826/24)
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