C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20241105-24)
Plan estratégico subvenciones –  Orden de 21 de octubre de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el plan estratégico de subvenciones del ejercicio 2025, para la concesión de una ayuda a la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, con el objeto de gestionar el programa de técnicos de comercio exterior para la industria de la Comunidad de Madrid, competencia de la Dirección General de Economía, en el marco del Plan Industrial de la Comunidad de Madrid
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 264

programa ha continuado manteniéndose mediante la Orden de 3 de noviembre de 2022, del
Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, así como su posterior corrección de errores
efectuada por Orden 6 de febrero de 2023. Dicha corrección fue debida a que el plan estratégico preveía nuevamente una subvención dirigida a la realización de otras dos ediciones
consecutivas del Programa de Técnicos de Comercio Exterior. Sin embargo, tras revisar
este planteamiento programático, se consideró más apropiado contemplar cada edición
como una acción subvencionable independiente y ajustar de este modo el convenio subvención a una única edición, por la mitad de importe, lo cual permitía una mejora en la racionalización de los recursos públicos, un mayor control de grado de ejecución del programa
y una mayor capacidad de previsión y planificación del gasto en futuras ediciones.
Todo ello se concretó en la Orden de 7 de marzo de 2023, del Consejero de Economía,
Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2023, que dejaba sin efectos las anteriores disposiciones mencionadas, y que contemplaba únicamente la concesión directa de una subvención para la gestión de la 3.a edición
del programa.
La Orden de 22 de diciembre de 2023, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo,
por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el ejercicio 2024, mantuvo el
planteamiento programático establecido en una única edición del programa, la 4.a, con el objetivo de garantizar una mayor eficiencia, racionalidad y control en la ejecución del gasto.
Es preciso resaltar que dicho Plan introdujo alguna novedad significativa respecto a las
anteriores ediciones. Tras la evaluación de los resultados de las dos primeras, se constató el
bajo rendimiento en el indicador del grado de cumplimiento de objetivos y resultados: “Número de empresas industriales y/o con orientación exportadora beneficiarias de la puesta a
su disposición de personal altamente especializado procedente del programa”, que mide
el número de entidades que reciben una ayuda para la contratación de los técnicos que
han finalizado su formación en destino. Esta ejecución, que no llegó en ningún caso a superar el 20 % del importe presupuestado para esta partida, conllevó su consecuente supresión y reasignación a otras partidas con mayor capacidad de ejecución, mejorando su eficacia en base a la experiencia en anteriores ediciones y manteniendo invariable el presupuesto
total para la 4.a edición. En este sentido, se incrementó en un 10 % el número de alumnos
beneficiarios de formación teórica inicial, hasta llegar a 45 alumnos becados en el año 2024
y, en un 9 % el número de técnicos que realizan prácticas en destino, hasta alcanzar los 24
técnicos en el exterior para la 4.a edición.
A pesar de la baja ejecución de las ayudas a la contratación en las dos primeras ediciones, se constata una empleabilidad del 100 % en los técnicos que finalizan la formación
teórica y práctica del programa. Ello se debe, entre otras razones, a la alta calidad de la formación teórica inicial recibida, así como la buena valoración por parte de las empresas madrileñas de las prácticas efectuadas en destino, que permite su rápida contratación sin necesidad de ningún apoyo público. Teniendo garantizada la empleabilidad de los técnicos,
suprimir esta partida del Programa supuso eliminar algunas ineficiencias, pues además de
incrementar las partidas destinadas a elevar el número de beneficiarios, se redujeron los
costes de tramitación y gestión de estas ayudas, que las empresas no solicitaban.
Atendiendo al plan estratégico de 2024 para el desarrollo de la 4.a edición, el indicador “Número de técnicos que encuentran empleo en los seis meses posteriores a su regreso
de destino”, continuó siendo un objetivo prioritario del programa y se mantuvo como uno
de los tres parámetros que evaluaban el éxito del Programa. En consecuencia, en el plan estratégico de 2024, se sustituyó el indicador “Número de empresas industriales y/o con
orientación exportadora beneficiarias de la puesta a su disposición de este personal altamente especializado”, por el indicador “Número de técnicos que encuentran empleo en los
seis meses posteriores a su regreso de destino”, que se dirige a evaluar el impacto sobre la
empleabilidad de los técnicos tras la finalización de su formación práctica.
De la misma manera, y únicamente con la intención de precisar mejor su nomenclatura, se renombraron los otros dos indicadores de eficacia, y se sustituyó el indicador “Número de becas concedidas para la formación teórica inicial” por “Número de estudiantes que
participan en la formación teórica inicial”; y el indicador “Número de becarios que realizan
la formación práctica en destino” por el indicador “Número de técnicos que realizan la formación práctica en destino”. En ambos casos, no cambió el objeto cuantificable respecto a
ediciones anteriores, sino que se trató de una mejora en la precisión de la redacción.
La presente Orden establece el Plan Estratégico para el año 2025, manteniendo el planteamiento programático establecido en una única edición del programa, y con el objetivo
de conseguir una mayor eficiencia, racionalidad y control en la ejecución del gasto, y manteniendo la supresión de las ayudas a la contratación para las empresas. El objetivo es de

BOCM-20241105-24

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