Morata de Tajuña (BOCM-20241105-79)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 344

MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 264

— Cuando en algún momento del recorrido, el/la aspirante toque o descanse con los
pies en el fondo.
— El realizar en su totalidad la prueba en inmersión.
— Cuando realice un mismo aspirante dos salidas falsas.
— No finalizar la prueba en la misma calle de salida.
— Utilizar cualquier elemento auxiliar que aumente su velocidad, flotabilidad,
etcétera, tales como manoplas, flotadores, aletas, etcétera, admitiéndose gafas y
gorros de baño.
5.1.6. Marcas mínimas y puntuaciones.
Las establecidas en el cuadro que seguidamente se detalla (medición: segundos y décimas de segundo):
PUNTOS

HOMBRES

MUJERES

15

24 segundos 0 décimas

26 segundos 0 décimas

16

21 segundos 2 décimas

23 segundos 2 décimas

17

18 segundos 4 décimas

20 segundos 4 décimas

18

15 segundos 6 décimas

17 segundos 6 décimas

19

12 segundos 8 décimas

14 segundos 8 décimas

10

10 segundos 0 o menos

12 segundos 0 décimas 0 menos

ANEXO II
CUADRO DE EXCLUSIONES CON RELACIÓN A LA APTITUD FÍSICAPARA
EL INGRESO EN LOS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID A TRAVÉS DE LA CATEGORÍA DE POLICÍA LOCAL
1. Exclusiones circunstanciales
Enfermedad o lesión agudas de solución médica o quirúrgica, activas en el momento
del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar, limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado.
En tales casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para comprobación del estado del aspirante al final del
cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o han desaparecido los motivos de exclusión circunstancial.
2. Exclusiones definitivas de carácter general
Defectos físicos congénitos o adquiridos, de cualquier tipo y localización, que menoscabe o dificulte la función pública y las realizaciones específicas del puesto a que opta, o
que puedan agravarse con el desempeño del mismo.
Enfermedades agudas o crónicas de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con
el desempeño del mismo, incluyéndose como alteraciones del sistema nervioso las siguientes: epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías
y otros procesos patológicos que dificulten el desarrollo de la función policial.

3.1. Ojo y visión:
— Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos, con o sin corrección,
según la escala de Wecker. Para la realización de esta prueba, los/as aspirantes podrán utilizar gafas o lentillas.
— Hemianopsias.
— Discromatopsias que imposibiliten el desempeño de la labor policial.
— Desprendimiento de retina.
— Estrabismo.
3.2. Oído y audición: agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000
hercios a 35 decibelios, o de 4.000 hercios a 45 decibelios.

BOCM-20241105-79

3. Exclusiones definitivas de carácter específico