D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241105-43)
Convenio – Convenio de colaboración interadministrativo de 18 de octubre de 2024, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Agencia para la Administración Digital, y la Mancomunidad Intermunicipal “La Encina” para la implantación y desarrollo de la Historia Social Única, en el marco del Sistema de Información de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 264
La Mancomunidad de La Encina se compromete a la no divulgación a terceros de cualquier aspecto o detalle de los datos personales o información facilitada por la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, salvo que esta responda a la estricta realización
del convenio o al cumplimiento de alguna obligación legal o resolución judicial. La obligación de confidencialidad y secreto subsistirá permanentemente, tanto durante la vigencia de
la relación entre las partes como posteriormente tras su finalización, cualquiera que fuese
la causa de su extinción.
2. Protección de datos.
2.1. Normativa.
En materia de protección de datos, las partes firmantes se comprometen a cumplir las
previsiones contenidas en el RGPD y la LOPDGDD, así como la normativa posterior que
los desarrolle o modifique.
Así mismo, este convenio implica el tratamiento de datos de categoría especial para los
que la prohibición de tratamiento se encuentra exceptuada en virtud de lo establecido en el
artículo 9.2.h) del Reglamento Europeo 2016/679 y del Consejo de 27 de abril de 2016, al
tratarse de datos de carácter social.
El convenio implica la comunicación a la Mancomunidad de La Encina de datos de
carácter personal de cuyo tratamiento es Responsable la Dirección General de Servicios
Sociales e Integración, por lo que aquel también tendrá la consideración de Responsable
del tratamiento.
2.2. Tratamiento de datos personales: Comunicación de datos personales.
Para dar cumplimiento a las obligaciones legales mencionadas en el presente documento, la Dirección General de Servicios Sociales e Integración ha de comunicar los datos
personales de los interesados a la Mancomunidad de La Encina con la única finalidad de
que esta última, en calidad de Responsable del tratamiento, proceda a utilizar los datos personales objeto de cesión para los servicios de atención social primaria.
Los datos a comunicar en la actividad de tratamiento Historia Social Única serán relativos, al menos, a los siguientes ámbitos:
— Infancia.
— Familia.
— Juventud.
— Discapacidad.
— Dependencia.
— Mayor.
— Igualdad.
— Violencia de género.
— LGTBI.
— Voluntariado.
— Integración.
— Inmigración.
— Prestaciones económicas sociales.
Será obligación de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración valorar si
los datos personales comunicados resultan necesarios, proporcionales e idóneos para la
prestación del servicio.
La base de legitimación que ampara la comunicación de ambas partes consiste en el
cumplimiento del servicio solicitado basado en el consentimiento del solicitante.
Obligaciones de las partes:
Por parte de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, como cedente
de los datos:
a) Garantizar que los datos personales han sido obtenidos conforme con la legislación
vigente, siendo lícita su comunicación y posterior tratamiento para las finalidades
indicadas en el presente convenio.
b) Garantizar que los datos personales son tratados de conformidad con la normativa
vigente en materia de protección de datos, y en particular, el RGPD y LOPDGDD.
c) Comunicar a la Mancomunidad de La Encina a la mayor brevedad posible y siempre dentro de los plazos legalmente establecidos, las rectificaciones o supresiones
que se produzcan en la información transmitida en virtud de este convenio, debiendo proceder el cesionario a la rectificación o supresión de los mismos de manera inmediata.
BOCM-20241105-43
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 264
La Mancomunidad de La Encina se compromete a la no divulgación a terceros de cualquier aspecto o detalle de los datos personales o información facilitada por la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, salvo que esta responda a la estricta realización
del convenio o al cumplimiento de alguna obligación legal o resolución judicial. La obligación de confidencialidad y secreto subsistirá permanentemente, tanto durante la vigencia de
la relación entre las partes como posteriormente tras su finalización, cualquiera que fuese
la causa de su extinción.
2. Protección de datos.
2.1. Normativa.
En materia de protección de datos, las partes firmantes se comprometen a cumplir las
previsiones contenidas en el RGPD y la LOPDGDD, así como la normativa posterior que
los desarrolle o modifique.
Así mismo, este convenio implica el tratamiento de datos de categoría especial para los
que la prohibición de tratamiento se encuentra exceptuada en virtud de lo establecido en el
artículo 9.2.h) del Reglamento Europeo 2016/679 y del Consejo de 27 de abril de 2016, al
tratarse de datos de carácter social.
El convenio implica la comunicación a la Mancomunidad de La Encina de datos de
carácter personal de cuyo tratamiento es Responsable la Dirección General de Servicios
Sociales e Integración, por lo que aquel también tendrá la consideración de Responsable
del tratamiento.
2.2. Tratamiento de datos personales: Comunicación de datos personales.
Para dar cumplimiento a las obligaciones legales mencionadas en el presente documento, la Dirección General de Servicios Sociales e Integración ha de comunicar los datos
personales de los interesados a la Mancomunidad de La Encina con la única finalidad de
que esta última, en calidad de Responsable del tratamiento, proceda a utilizar los datos personales objeto de cesión para los servicios de atención social primaria.
Los datos a comunicar en la actividad de tratamiento Historia Social Única serán relativos, al menos, a los siguientes ámbitos:
— Infancia.
— Familia.
— Juventud.
— Discapacidad.
— Dependencia.
— Mayor.
— Igualdad.
— Violencia de género.
— LGTBI.
— Voluntariado.
— Integración.
— Inmigración.
— Prestaciones económicas sociales.
Será obligación de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración valorar si
los datos personales comunicados resultan necesarios, proporcionales e idóneos para la
prestación del servicio.
La base de legitimación que ampara la comunicación de ambas partes consiste en el
cumplimiento del servicio solicitado basado en el consentimiento del solicitante.
Obligaciones de las partes:
Por parte de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración, como cedente
de los datos:
a) Garantizar que los datos personales han sido obtenidos conforme con la legislación
vigente, siendo lícita su comunicación y posterior tratamiento para las finalidades
indicadas en el presente convenio.
b) Garantizar que los datos personales son tratados de conformidad con la normativa
vigente en materia de protección de datos, y en particular, el RGPD y LOPDGDD.
c) Comunicar a la Mancomunidad de La Encina a la mayor brevedad posible y siempre dentro de los plazos legalmente establecidos, las rectificaciones o supresiones
que se produzcan en la información transmitida en virtud de este convenio, debiendo proceder el cesionario a la rectificación o supresión de los mismos de manera inmediata.
BOCM-20241105-43
BOCM