Alcalá de Henares (BOCM-20241104-54)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 444
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 263
BOCM-20241104-54
2. Gastos de acondicionamiento, mantenimiento, limpieza y desinfección:
2.1. Bacheado del viario existente y reparación puntual del acerado y bordillos.
2.2. Mantenimiento de la señalización horizontal y vertical.
2.3. Mantenimiento de la red de agua y/o de la red de saneamiento.
2.4. Mantenimiento y conservación de zonas verdes ya ajardinadas, incluso poda de
árboles y desbroce de zonas terrizas.
2.5. Mantenimiento de la red de alumbrado.
2.6. Limpieza de viario.
Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11 de octubre
de 2024, publicadas en la página web http://www.ayto-alcaladehenares.es
Cuarto. Importe.—Importe total financiado es de 60.000,00 euros (cuantía de la subvención. El importe de la ayuda que se conceda no superará en ningún caso el 50 % respecto al coste total del gasto subvencionable con los siguientes importes máximos:
— 1.500,00 euros, cuando la puntuación obtenida se encuentre entre 1 a 7 puntos, según los baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
— 3.000,00 euros, cuando la puntuación obtenida se encuentre entre 8 a 10 puntos,
según los baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
— 6.000,00 euros, cuando la puntuación obtenida sea superior a 10 puntos, según los
baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al registro de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.—Las actuaciones subvencionables deberán estar realizadas y
pagadas entre el 1 de enero de 2024 y la fecha en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes.
Para la evaluación de las solicitudes y propuesta de resolución, la Comisión de Evaluación aplicará los criterios y baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
Alcalá de Henares, a 25 de octubre de 2024.—El concejal-delegado de Desarrollo Económico y Empleo, Antonio Peñalver Martínez.
(03/17.474/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 263
BOCM-20241104-54
2. Gastos de acondicionamiento, mantenimiento, limpieza y desinfección:
2.1. Bacheado del viario existente y reparación puntual del acerado y bordillos.
2.2. Mantenimiento de la señalización horizontal y vertical.
2.3. Mantenimiento de la red de agua y/o de la red de saneamiento.
2.4. Mantenimiento y conservación de zonas verdes ya ajardinadas, incluso poda de
árboles y desbroce de zonas terrizas.
2.5. Mantenimiento de la red de alumbrado.
2.6. Limpieza de viario.
Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 11 de octubre
de 2024, publicadas en la página web http://www.ayto-alcaladehenares.es
Cuarto. Importe.—Importe total financiado es de 60.000,00 euros (cuantía de la subvención. El importe de la ayuda que se conceda no superará en ningún caso el 50 % respecto al coste total del gasto subvencionable con los siguientes importes máximos:
— 1.500,00 euros, cuando la puntuación obtenida se encuentre entre 1 a 7 puntos, según los baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
— 3.000,00 euros, cuando la puntuación obtenida se encuentre entre 8 a 10 puntos,
según los baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
— 6.000,00 euros, cuando la puntuación obtenida sea superior a 10 puntos, según los
baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al registro de la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.—Las actuaciones subvencionables deberán estar realizadas y
pagadas entre el 1 de enero de 2024 y la fecha en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes.
Para la evaluación de las solicitudes y propuesta de resolución, la Comisión de Evaluación aplicará los criterios y baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
Alcalá de Henares, a 25 de octubre de 2024.—El concejal-delegado de Desarrollo Económico y Empleo, Antonio Peñalver Martínez.
(03/17.474/24)
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