B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20241104-14)
Concurso de traslados –  Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito estatal de los Cuerpos de Maestros, Catedráticos, Profesores de Enseñanza Secundaria, Técnicos de Formación Profesional (a extinguir), Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, Escuelas Oficiales de Idiomas, Música y Artes Escénicas, y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 263

LUNES 4 DE NOVIEMBRE DE 2024

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e) Si tiene cursos inscritos en el Registro General de Formación del Profesorado de la Comunidad
de Madrid deberá marcar la casilla correspondiente, en caso contrario se entenderá que se
opone a la consulta de los cursos inscritos.
12.- A cumplimentar únicamente si participa con carácter forzoso POR LOS APARTADOS e), g) o h) de la
Base 3.2 de la convocatoria: Sólo deberán cumplimentar este apartado, los solicitantes con obligación de
participar en el concurso de traslados que, en caso de no obtener destino en ninguno de los centros
solicitados, puedan ser destinados de oficio por la Administración en los términos establecidos en las bases
de la convocatoria.
Se consignarán, por orden de preferencia, todas las Direcciones de Área Territoriales de la Comunidad de
Madrid (punto 18), así como todas las especialidades de las que sean titulares o para las que se esté
habilitado, a fin de que sean tenidas en cuenta en el momento de adjudicar de oficio destino a centro y
especialidad de esta Comunidad. En el caso de querer optar a plazas bilingües, también se establecerá el
orden de prioridad de los códigos bilingües, consignando “1”, ”2” o “3” para puestos con este carácter o “0”
para puestos no bilingües. De esta forma, la aplicación informática adjudicará atendiendo en primer lugar a
la preferencia de Direcciones de Área establecida, leyendo las especialidades consignadas por el orden
establecido y con los criterios de preferencia de los códigos Bilingües consignados, según se puede observar
en el ejemplo:
CÓDIGOS DE LAS DAT.
1

284

2

281

3

282

4

283

5

285

CÓDIGOS DE ESPECIALIDADES
1

005

2

007

3

4

0

3

4

5

CÓDIGOS BILINGÜES
1

2

2

En este supuesto se empezaría a adjudicar por la DAT 284 consignada en primer lugar, con la siguiente
prioridad entre las especialidades:
1.- 005 bilingüe, al consignar esta especialidad en primer lugar y el código bilingüe (2) también en
primer lugar.
2.- 005 de peticiones no bilingües, al consignar esta especialidad en primer lugar y el código no
bilingüe (0) en segundo lugar.
3.- 007 bilingüe, al consignar esta especialidad en segundo lugar y el código bilingüe (2) en primer
lugar.
4.- 007 de peticiones no bilingües, al establecer esta especialidad en segundo lugar y el código no
bilingüe (0) en segundo lugar.
En este ejemplo tendrían prioridad las peticiones bilingües sobre las que no tienen este carácter, al poner el
código Bilingüe en primer lugar.
Seguidamente, respetando la prioridad entre las especialidades descritas en los apartados anteriores, se
continúa con las restantes Direcciones de Área Territoriales siguiendo el orden de preferencia reflejado
(281, 282, 283, 285).
Si en el ejemplo anterior cambiásemos la prioridad de los códigos bilingües, quedaría de la siguiente forma:
CÓDIGOS BILINGÜES
0

2

2

3

4

1.- 005 de peticiones no bilingües, por consignar el código (0) en primer lugar.
2.- 005 bilingüe, al consignar el código (2) en segundo lugar.
3.- 007 de peticiones no bilingües, por consignar el código (0) en primer lugar.
4.- 007 bilingüe, por consignar el código (2) en segundo lugar.
En este caso tendrían prioridad las plazas no bilingües (0) sobre las que tienen este carácter (2).

BOCM-20241104-14

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