D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20241101-15)
Convenio –  Adenda de 10 de octubre de 2024, de modificación y segunda prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Empresa Glovoapp Spain Platform, S. L. U., para la puesta a disposición de una plataforma para envíos y entregas de productos a través de la página web Glovo
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BOCM
Pág. 182

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE NOVIEMBRE DE 2024

B.O.C.M. Núm. 261

CLÁUSULAS
Primera

Se modifica la cláusula segunda, incluyendo el transporte de alimentos elaborados en
el propio comedor, que pasa a tener la siguiente redacción:
“Tendrán preferencia de acceso al servicio de entrega en domicilio aquellos usuarios
de la Red Abierta de Comedores Sociales que acrediten problemas de movilidad y aquellos
otros en los que el desplazamiento al comedor no sea posible por motivos de salud, de
acuerdo con los criterios establecidos en la presente cláusula.
Para ello, los directores de los comedores sociales informarán previamente a todos los
usuarios de los centros de la posibilidad de recibir los alimentos en sus domicilios y los requisitos para solicitarlo.
Los usuarios de la Red Abierta de Comedores Sociales de la Comunidad de Madrid
podrán acceder a este servicio de entrega previa solicitud dirigida a la dirección general con
competencias en materia de asignación de plazas en comedores sociales, que valorará la solicitud y documentación aportada conforme al siguiente baremo:
— Aquellos usuarios que, por motivos de salud o intervención quirúrgica, con informe médico o documento justificativo análogo, no puedan desplazarse temporalmente al Comedor, tendrán 4 puntos.
— Aquellos usuarios que acrediten una discapacidad igual o superior al 65 por 100
tendrán 3 puntos.
— Aquellos usuarios que acrediten una discapacidad entre el 35 y el 64 por 100 tendrán 2 puntos.
— Aquellos usuarios con movilidad reducida, que lo puedan justificar mediante informe médico o documento justificativo análogo, tendrán 1 punto.
En caso de empate a puntos tendrán prioridad los que hayan presentado primero esta
solicitud.
Una vez realizada la baremación, la dirección general con competencias en materia de
asignación de plazas en comedores sociales notificará al interesado su resolución favorable
o desfavorable.
Del mismo modo, comunicará a cada director de comedor los usuarios que tengan derecho a la entrega a domicilio de sus respectivos centros.
Asimismo, durante la vigencia de la campaña de frío y la campaña de ola de calor de
la Comunidad de Madrid, los usuarios de la Red Abierta de Comedores Sociales mayores
de 65 años, podrán solicitar el transporte de alimentos a domicilio (Anexo I).
En las unidades de convivencia donde existan menores a cargo o personas con discapacidad y medidas de apoyo, la dirección general con competencias en asignación de plazas de
comedores sociales podrá valorar la concesión de dicho servicio a solicitud del interesado.
Por otra parte, aquellos usuarios que acrediten la coincidencia horaria con alguna actividad formativa, y /o actividad laboral, la dirección general con competencias en asignación de plazas de comedores sociales podrá valorar la concesión de dicho servicio a solicitud del interesado (Anexo I), durante el tiempo máximo que concurra dicha causa.
La dirección general con competencias en materia de asignación de plazas en comedores sociales notificará al interesado su resolución favorable o desfavorable.
Del mismo modo, comunicará a cada director de comedor los usuarios que tengan derecho a la entrega a domicilio de sus respectivos centros.
Los comedores sociales de la Comunidad de Madrid contarán con una cuenta de usuario en la web, a través de la que podrán encargar y programar los envíos y entregas que correspondan.
Para asegurar el carácter gratuito de dichos envíos y entregas, Glovo emitirá y asignará a las cuentas de usuario de dichos comedores sociales los códigos promocionales necesarios, todo ello de conformidad con lo previsto en el presente Convenio.
Glovo no será responsable de la correcta asignación de dichos códigos promocionales
a los beneficiarios de la Red Abierta de Comedores Sociales, sino que será responsabilidad
de la Consejería competente en materia de servicios sociales”.

BOCM-20241101-15

Modificación de la cláusula segunda: Usuarios de la Red Abierta de Comedores
Sociales con opción al reparto a domicilio y procedimiento de acceso