Bustarviejo (BOCM-20241031-43)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 128
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 260
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
BUSTARVIEJO
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20241031-43
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de
recogida y tratamiento de residuos urbanos que se detalla a continuación, el Pleno de esta
Entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2024, acordó la aprobación
provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en el portal de transparencia de esta entidad ( https://transparenciabustarviejo.eadministracion.es/ ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Bustarviejo, a 29 de octubre de 2024.—La alcaldesa, Tanausu Luis Perera.
(03/17.686/24)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta Entidad expediente de modificación de la de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de
recogida y tratamiento de residuos urbanos que se detalla a continuación, el Pleno de esta
Entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de octubre de 2024, acordó la aprobación
provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas interesadas puedan examinar el expediente y
presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de cualquier persona interesada en el portal de transparencia de esta entidad ( https://transparenciabustarviejo.eadministracion.es/ ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará
aprobado definitivamente dicho acuerdo.
Bustarviejo, a 29 de octubre de 2024.—La alcaldesa, Tanausu Luis Perera.
(03/17.686/24)
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