San Fernando de Henares (BOCM-20241031-67)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 260
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a la financiación del gasto corriente
a entidades sin ánimo de lucro para el fomento del fortalecimiento del tejido social y que
hayan realizado actividades entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2024.
Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local de la sesión ordinaria de 23 de octubre de 2024, por el que se aprueba la orden de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a la financiación del gasto corriente a entidades sin ánimo de lucro para el fomento
del fortalecimiento del tejido social y que hayan realizado actividades entre el 1 de enero y
el 31 de diciembre del año 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
así como en la página del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades que reúnan los siguientes requisitos:
1. Se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del
Ayuntamiento de San Fernando de Henares y tener sus datos actualizados.
2. De haber recibido subvención de la Concejalía de Participación Ciudadana en años
anteriores, haberlas justificado debidamente.
3. Tengan su ámbito de actuación dentro del municipio de San Fernando de Henares.
4. Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
5. No estar inmersa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a financiar el gasto corriente de las entidades sin ánimo de lucro inscritas
en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.
Estas subvenciones están dirigidas a entidades cuya finalidad sea el desarrollo de actividades sin ánimo de lucro en el ámbito de la cultura, la educación, el desarrollo económico y empleo, la formación, juventud e infancia, mayores, medio ambiente, mujer, salud
y consumo, participación ciudadana, deporte, y servicios sociales a través del desarrollo de
proyectos para el fomento del fortalecimiento del tejido social y la mejora de la calidad de
vida y del bienestar de la ciudadanía en el término municipal de San Fernando de Henares.
Tercero. Bases reguladoras.—En lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo
dispuesto en la ordenanza general de subvenciones de San Fernando de Henares, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, de 16 de marzo de 2020, como bases reguladoras de la misma, así como en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
El texto íntegro de las bases reguladoras será publicado en la página web municipal:
www.ayto-sanfernando.com
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 12.500,00
euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para presentación de las
solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, es de diez días naturales a contar
desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20241031-67
BDNS: (793178)
Pág. 170
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 31 DE OCTUBRE DE 2024
B.O.C.M. Núm. 260
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
67
SAN FERNANDO DE HENARES
RÉGIMEN ECONÓMICO
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a la financiación del gasto corriente
a entidades sin ánimo de lucro para el fomento del fortalecimiento del tejido social y que
hayan realizado actividades entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2024.
Extracto del acuerdo de Junta de Gobierno Local de la sesión ordinaria de 23 de octubre de 2024, por el que se aprueba la orden de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, a la financiación del gasto corriente a entidades sin ánimo de lucro para el fomento
del fortalecimiento del tejido social y que hayan realizado actividades entre el 1 de enero y
el 31 de diciembre del año 2024.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la resolución citada cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
así como en la página del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarias las entidades que reúnan los siguientes requisitos:
1. Se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del
Ayuntamiento de San Fernando de Henares y tener sus datos actualizados.
2. De haber recibido subvención de la Concejalía de Participación Ciudadana en años
anteriores, haberlas justificado debidamente.
3. Tengan su ámbito de actuación dentro del municipio de San Fernando de Henares.
4. Estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
5. No estar inmersa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Segundo. Objeto.—La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a financiar el gasto corriente de las entidades sin ánimo de lucro inscritas
en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas.
Estas subvenciones están dirigidas a entidades cuya finalidad sea el desarrollo de actividades sin ánimo de lucro en el ámbito de la cultura, la educación, el desarrollo económico y empleo, la formación, juventud e infancia, mayores, medio ambiente, mujer, salud
y consumo, participación ciudadana, deporte, y servicios sociales a través del desarrollo de
proyectos para el fomento del fortalecimiento del tejido social y la mejora de la calidad de
vida y del bienestar de la ciudadanía en el término municipal de San Fernando de Henares.
Tercero. Bases reguladoras.—En lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo
dispuesto en la ordenanza general de subvenciones de San Fernando de Henares, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 65, de 16 de marzo de 2020, como bases reguladoras de la misma, así como en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.
El texto íntegro de las bases reguladoras será publicado en la página web municipal:
www.ayto-sanfernando.com
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a 12.500,00
euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para presentación de las
solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria, es de diez días naturales a contar
desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
BOCM-20241031-67
BDNS: (793178)